Dudas despido ETT

He estado trabajando para una ETT durante cerca de 4 meses, este miércoles después de ausentarme este día por enfermedad me llamaron para decirme que estaba despedida.
Hoy viernes me han enviado un SMS diciéndome que el certificado de empresa ya lo han enviado directamente a la Inem desde la central.
¿Es normal que no me hayan hecho firmar nada? ¿Pueden enviar el certificado de empresa directamente a la Inem? Es que lo veo todo muy raro, me despiden y ya está, sin ningún documento que haga constar que ellos me han despedido y no yo el que se ha ido.

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Es obligatoria la comunicación por escrito de un despido, aunque se trate de una ETT, debes hacérselo saber o directamente ir a trabajar, si la empresa se niega a que trabajes y no te comunican por escrito el despido deberías llevar testigos, y a partir de aquí podrías poner una reclamación por despido.
Si te han despedido tendrías derecho a una indemnización de 45 días por año más salarios de tramitación si no han consignado.
Es importante que busques ayuda profesional de forma directa para que te ayuden a reclamar.
Hola,
primero darte las gracias por la rapidez en responder.
El miércoles me enviaron un SMS diciéndome que la empresa ya no quería que fuera más y que le llevará los papeles. La cuestión es que, claro, yo ya no he ido a trabajar estos días. Se supone que pasado tres días es como si me hubiese despedido yo mismo, ¿no? ¿Tiene cierta validez legal el SMS que guardo? Creo que la he fastidiado.
Saludos,
Fran
Un SMS no es suficiente comunicación y la obligación de la comunicación correcta es de la empresa.
Deberías acudir lo antes posible, al menos a recoger la carta de despido. El problema lo tendrías si hubieran tramitado una baja voluntaria, aunque aquí también tendrías derecho a reclamar.
Pero con la carta de despido tendrías derecho a reclamar la indemnización que corresponda si la empresa no te la ofrece. Debes tener en cuenta que el despido en España es libre, pero no gratis, por lo que si quieren despedirte sin causa justificada tienes derecho a una indemnización.
En todo momento me hablas de un despido y en base a esto te estoy asesorando. Si la comunicación fuera de fin de contrato sería diferente siempre y cuando fuera correcta la comunicación, porque en caso de que el contrato no finalizara ahora tendrías también derecho a reclamar por despido.
El mejor consejo que puedo darte es que busques ayuda profesional de forma directa lo antes posible para estudiar en condiciones tu situación.
Hola,
El contrato era por obra y servicio, por lo que ellos aluden que pueden despedirme cuando quieran de un día para otro.
Tú que me aconsejas, ¿qué me presente el lunes a trabajar?
Muchas gracias por todo me has sido de gran ayuda,
El contrato de obra termina cuando termina la obra objeto del contrato, ni antes ni después o traería consecuencias, si lo dan por finalizado antes de la obra tendrías derecho a reclamar por despido con la consecuencia de la readmisión o una indemnización de 45 días por año trabajado.
Si no tienes por escrito la carta de finalización de contrato o el despido deberías incorporarte, puedes partir por pasar por la oficina a reclamar tu documentación (finiquito, carta de despido, certificado de empresa,...) y en caso de no dártela informar de tu incorporación al puesto de trabajo, con testigos como antes te expliqué. A partir de aquí tomar las medidas oportunas para reclamar judicialmente.
Hola,
Hoy he ido a la ETT y me han dado la carta de despido y he ido a la Inem para solicitar la prestación por desempleo, hasta ahí todo bien. La fecha de despido es del 08/10/2010 al ir hoy me ha dicho el de la Inem que hasta el día 19 no puedo solicitarlo porque por ley me pertenece 10 días de vacaciones. ¿Se supone que estos días me los tiene que pagar la ETT?
Muchas gracias por todo, tu dedicación no tiene precio,
Un saludo,
Los días de vacaciones tiene que abonártelos la ETT en el finiquito, compruébalo, ya que se trata de vacaciones devengadas y no disfrutadas, lo puedes ver en el certificado de empresa y en el finiquito. La cotización la han realizado porque te la han confirmado en el INEM.
Por otra parte debes tener en cuenta lo hablado anteriormente, si la obra no ha terminado tienes derecho a reclamar por despido.
Muchas gracias por todo me has sido de gran ayuda, la verdad es que es de agradecer que gente como tú se involucre en estos asuntos sin ningún ánimo de lucro. Lo dicho, un placer.
Saludos,
Fran

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