Reducción de jornada

Expongo mi caso, la empresa nos quiere hacer reducción de jornada a mi y a mi compañero, puesto que no hay más trabajadores, por el tema de la crisis, pero yo no estoy dispuesta, porque saldría perjudicada en las bases de cotización y en caso de que se fuera, la empresas, a pique, me iría al paro con la mitad de jornada, con lo cual cobraría menos.
En mi caso, que engo un hijo de 3 años y medio, me podría acoger a reducción de jornada por cuidado de hijos.
Ahora mismo estoy embarazada y en marzo daré a luz, mis preguntas son las siguientes:
1ª - En caso de cogerme la reducción de jornada, la baja por maternidad que la cobraría en base a mi salario de reducción de jornada, ¿o en base a la totalidad del salario sin reducción de jornada?
2ª - Podria cogerme la reduccion de jornada por mi hijo mayor y agotarla y luego dejar pasar unos dias o un mes y volver a solicitar la reducion por el segundo, una vez agotada la primera???
3ª - Si en el transcurso de la reducción de la jornada, que en mi caso seria de la mitad de horas, de las 8 que trabajo a las 4 horas que pasaría a ser mi jornada laboral reducida, la empresa cerrara, durante los dos años que estoy reduciéndome la jornada, la prestación por desempleo, me la pagarían por la totalidad de la jornada o por la media jornada que estoy cobrando hasta entonces, ya que si piden las 6 ultimas nominas, ahí no se refleja que es una reducción de jornada por cuidado de hijos
Muchas gracias por atenderme, os agradecería que me contestaseis, puesto que esta misma tarde van a plantearnos el tema y tengo que dar esta alternativa si me conviene porque si no me tengo que aguantar con la reducción de jornada laboral normal, no por cuidado de hijos o renunciar a la reducción que plantea mi empresa.
Gracias de nuevo.

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La empresa no os puede recudir la jornada a no ser mediante un ERE que se lo apruebe la autoridad laboral. Por tanto si os la reduce por las buenas sólo tenéis que demandar y os restiruirán la jornada y el sueldo perdido.
Si tu te la quieres reducir por hijo, puedes hacerlo por el mayor y mantenerla hasta que tenga 8 años el que va a nacer. No necesitas cambiarla si el documento está bien hecho, como los que se hacen en la web Laboro. Pero el salario en la baja de maternidad lo cobrarías reducido.
Por tanto sigue a jornada completa hasta que el niño nazca y pide la reducción para el día en que cumpla 9 meses, porque hasta ese día estás protegida. Si te reducen ellos por imposición, demandas como te he dicho al principio.
Si mientras está en reducción voluntaria la empresa cierra lo primero demandas por despido improcedente y seguramente ganes porque no se puede cerrar sin ERE. La indemnización y el paro serían como si estuvieras al 100%.
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Muchas gracias por tu respuesta, pero que quieres decir exactamente con tu frase:
"Si mientras está en reducción voluntaria la empresa cierra lo primero demandas por despido improcedente y seguramente ganes porque no se puede cerrar sin ERE."
¿Qué si la empresa hace un ERE, sí me voy al paro, si cierra, con la mitad de la jornada al computo de la base cotizada para el calculo del desempleo, verdad?
De todos modos si hacen un ERE, ¿puedo cogerme la reducción de jornada por cuidado de hijos o me tengo que acoger al ERE obligatoriamente? (Aunque yo acepte o no, que esa siempre sera mi ultima palabra, el denunciarles o no, esta claro)
Y por ultimo, sí que tenia entendido que la baja de maternidad, la SS.SS. me pagaría por el total de la jornada, aunque estuviese de reducción de jornada, puesto que estoy dentro de los 2 primeros años de reducción y me mantienen las bases de cotización, ¿según me informó una persona que trabaja el SS.SS. es cierto o no? ¿Cómo me puedo asegurar de esto?
Gracias otra vez, joseaf2.
Si hay ERE aprobado (lo cual es mucho decir) cobras 100% de paro y 100% de indemnización. Los ERE no es una cosa a la que te acojas ni que la aceptes ni dejes de aceptar. Las bajas no se cobran al 100%. Si te quieres asegurar lee la ley de SS.

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