¿Me deberían pagar las vacaciones completas?

Buenas tardes de nuevo,
Ayer le hice una pregunta y me aclaró algo, pero hoy me ha surgido una nueva duda a raíz de algo que me han dicho en la empresa en razón a mis "vacaciones" forzadas. Entré a trabajar en la empresa el 5 de julio, en esa semana me avisan que la empresa cerrará dos semanas por vacaciones desde el 9 al 20 de agosto (ambos inclusive) y que no habrá nadie en el centro de trabajo. Antes de irme de vacaciones me dan dos sobres (como ya le comente ayer me pagan en efectivo) uno de mi sueldo y otro del prorrateo de las "vacaciones" que he generado (de esto me he enterado hoy). Ahora me dicen que las dos semanas que la empresa estuvo cerrada no me lo pagan porque no me corresponde ya que no he generado el derecho, que sólo me pagarán esta semana trabajada que finaliza el día de mañana. Si no es culpa mía que hayan cerrado, ¿me deberían pagar o no este período?

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Legalmente las vacaciones no se pueden pagar, o se disfrutan o se pierden, pero no se pueden pagar salvo imposibilidad de disfrute (despido, o fin de contrato,..) pero nunca de forma habitual como hacen en tu empresa.
Por otra parte, si la empresa cierra en un periodo de tiempo determinado todos los trabajadores tendrán derecho a disfrutar durante este periodo las vacaciones y aquellos que por la antigüedad que lleven en la empresa no hubieran generado el derecho también tendrán derecho a las mismas, equivaldría a un permiso retribuido. Porque es obligación de la empresa dar trabajo efectivo y permitir trabajar, si esta cierra correrá por su cuenta las consecuencia de la decisión, en este caso pagar a todos los trabajadores como si estuvieran trabajando.

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