Derecho laboral

Desde el 8 de marzo de este año estoy en la baja, por accidente laboral, fisura en columna, me gustaría saber que me corresponde se me dan el alta y que tengo que saber.
Gracias

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No se a que te refieres qer, puesto que eres muy poco concreto en tu consulta. Te diré que durante las situaciones de baja por accidente laboral se percibe la prestación de incapacidad temporal desde el primer día corriendo el día del accidente a cargo de la empresa. La cuantía que te corresponde en concepto de subsidio es un 75% de la Base Reguladora del mes anterior a la producción del accidente. En caso de alta indebida el procedimiento a seguir es presentar ante el INSS, en el plazo de 4 días, una solicitud de revisión del alta médica al que acompañara el historial médico previo. Dentro del mismo día hábil o al siguiente se comunicará a la empresa la solicitud. Desde esta forma el alta médica queda suspendida hasta que el INSS resuelva la solicitud. En caso de que el INSS confirme la baja médica de la Mutua se considerarán indebidamente percibidas las cantidades cobradas desde la misma que habrá que devolver.
Espero que lo anterior haya resuelto tus dudas y te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales y un correo electrónico para ponerte en contacto con mi despacho profesional:

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