Cobrando la prestación por desempleo, ¿Cotizas?

Mi padre tiene 62 años y la empresa le ha despedido por no rendir al ritmo que la empresa necesita. Ahora puede estar dos años cobrando prestación por desempleo y le quedará el tercer año hasta los 65 en el cual cotizará de manera particular. Él, ha cotizado más de 35 años consecutivos.
La pregunta es: ¿Le puede perjudicar el no trabajar estos tres últimos años? ¿Cómo debe hacerlo para que le que no haya ningún problema y cobrar una jubilación acorde con lo que ha cotizado hasta ahora?

1 Respuesta

Respuesta
1
Durante el tiempo que se cobre la prestación de desempleo se cotiza por una base de cotización que es el promedio de bases por desempleo de los 180 días anteriores con exclusión hecha de las horas extras y por tanto no perdería pensión por el hecho de cobrar la prestación de desempleo. Durante el tercer año, si se reúnen los requisitos para cobrar el subsidio de mayores de 52 años, también el Servicio Público de Empleo cotizaría por la contingencia de jubilación. En cualquier caso se podría firmar un convenio especial con la Seguridad Social durante ese año para evitar la reducción de la pensión.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales y una forma de contacto con mi despacho profesional:

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas