Traslado de un vigilante de seguridad

Haber si podéis ayudarme.
Quisiera saber que trabajador seria trasladado de un servicio de vigilancia en el cual llevan más de 10 años los cuatro que forman el equipo de seguridad.
Hay reducción de horas y no cabemos todos en el mismo servicio por lo que trasladaran a un vigilante a otro servicio y ninguno queremos salir.
Que criterio se debe seguir, y si tiene algo que ver que uno haya estado un año de excedencia y dos sean miembros del comité de empresa.
NOTA: la reducción de horas es debido a que el servicio a salido a subasta publica y no se sabe si sigue la misma empresa o entra una nueva empresa de seguridad.

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En este caso la elección del traslado es de la empresa, salvo que por convenio colectivo o por negociación directa con la empresa establezcáis unas pautas a la hora de la elección no existe prioridad de permanencia en el centro de trabajo.
Si el cambio implicara movilidad geográfica o sustancial tendríais derecho a la extinción de la relación laboral con 20 días por año de indemnización.
El pertenecer al comité de empresa no da derecho a la permanencia en el servicio.
Los dos vigilantes que pertenecen al comité dicen que ellos tienen prioridad por pertenercer al dicho comité.
El ser miembro de un comité de empresa da derecho a una serie de garantías, art. 68 del E.T., pero entre estas no está el traslado de centro de trabajo por causas organizativas.

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