Rescisión de contrato

Te resumo brevemente: llevo en mi actual empresa 5 años y medio.
Interpuse una denuncia contra ella por modificación sustancial en las condiciones de trabajo (en concreto cambio de turno de mañana a tarde totalmente injustificado e indiscriminado: están contratando gente nueva en mi antiguo horario, por ejemplo).
Después de 2 meses de retraso la sentencia es firme (no puedo recurrir) y declara la modificación justificada.
Yo no quiero ese turno (tras 4 meses de tratamiento psicológico llevo más de un mes de baja porque no me adaptaba al horario, el psiquiatra me diagnostico trastorno de adaptación al trabajo).
Como no quiero ese turno hablo con RRHH para que me den alguna opción, sabiendo que hay nuevas incorporaciones en los diferentes turnos. Me dicen que no hay opción de cambio. El martes día 6/4/2010 les presento una carta de rescisión de contrato acogiéndome al articulo 41 del Estatuto de los trabajadores que me da derecho a irme con 20 días por año trabajado y paro. He hablado con el jefe de RRHH de la sede de mi ciudad y me dicen que no saben nada porque lo tienen que aprobar desde Madrid. Sin embargo, en otras ocasiones (cuando a ellos les ha interesado) han aprobado la rescisión a otros ex-compañeros casi de forma inmediata.
Mi abogado me aconseja que mañana ponga una solicitud de acto de conciliación, pero quiero que esto se solucione ya porque afecta negativamente a mi salud.
¿Por qué me dan largas? ¿Crees qué me están haciendo mobbing? ¿Tienen algún plazo para contestar mi petición? ¿Se pueden negar a aceptar mi petición? ¿La estarán retrasando porque estoy de baja?

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En estos casos cuando te hacen un cambio de horario te lo tienen que notificar con 1 mes de antelación, por escrito, si tu no aceptas, no es motivo de despido, pero si te pueden dar 45 días por año por despedirte en caso, en ultima instancia.
Gracias por tu rapidez. Te comento una cosa: si que me avisaron con un mes de antelación-- es decir, ellos me avisaron el 30/9/2009, el cambio se hizo efectivo el 30/10/2009.
En su momento no acepte irme con paro y la indemnización de 20 días (como hicieron otros compañeros afectados) porque hable con el abogado y vio muy claro que si lo denunciaba lo ganaba. Así que lo denuncie, y tuvimos el jucio en enero, la sentencia salio el 23/3/2010... y como he perdido el juicio según el abogado me ha dicho que igualmente puedo acogerme a la posibilidad de rescindir mi contrato acogiéndome al articulo 41 del Estatuto... y es lo que he hecho, solicitar YO la rescisión de mi contrato. Es decir, que no es un despido improcedente como tu dices, sino un derecho que yo tengo a no aceptar las modificaciones que ellos me imponen.
No se si lo entiendes ahora mejor... mi duda principal es si se pueden negar a aceptar mi petición, y si tienen algún plazo para contestarme, porque ya hace una semana que les presente el escrito y no hacen más que darme largas.
Gracias de nuevo.
La empresa tiene 1 semana para contestarte, si no contesta, es que se considera que están de acuerdo.
   Otro tema es, el de la indemnización, si no hay despido no hay indemnización, si no lo que te corresponda, de atrasos.
Gracias por tu tiempo, pero o sigues sin entender mi pregunta o no te has leído el articulo 41 del Estatuto de trabajadores: no se trata de una baja voluntaria ni de un despido, sino de una rescisión, extinción o resolución de contrato por modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo.
Si eres experto en derecho laboral no te voy a pedir que te sepas todos los convenios colectivos, pero si que al menos manejes el Estatuto, que nos afecta a todos.

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