Ere por segunda vez

Hola mi historia es: el año pasado por marzo mi empresa hizo un ere temporal y yo fui uno de los seis afectados, a la vuelta del ere fui despedido, les demande y me readmitieron por no querer pagarme lo que me corespondia, desde la readmisión que fue en octubre me han estado haciendo la vida imposible, hasta el punto que la nomina del me de diciembre me la pagaron al final de enero y la de enero sigo sin cobrarla, ahora han anunciado que van a volver a hacer otro ere temporal de 6 meses a 4 trabajadores y yo soy seguro uno, aunque en la empresa seamos 30 trabajadores, mi pregunta es pueden elegirme a mi con todos ue somos para el ere, y si fuera así las nominas que me debe me las tendría que pagar antes de irme, ya no se que hacer ya que la situación me supera ya que me esta haciendo mucho daño económico sabe que tengo muchos gastos que pagar y un hijo de un año y si me envía al ere tardan en empezar a pagarte 4 meses como ya me paso el ñao pasado, y así ya seria casi 6 meses sin ingresos en casa.

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(xxxxxx) tienes razón en que no es normal que siempre estés en los ERE de la empresa y si bien es la empresa la que designa a los trabajadores afectados por el ERE o bien los negocia con los respresentantes de los trabajadores en el periodo de consultas, entiendo que en tu caso y si resultas de nuevo incluido en el ERE reclamar contra dicha inclusión por discriminación ya que dice el art. 17.1.
Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado español.
Serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el
cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.
También podrías denunciar dicha situación ante la inspección de trabajo y hablar con los delegados de personal, si los tenéis en la empresa, o con los trabajadores que participen en el periodo de consultas para que intenten trasladar a la empresa que no sean siempre los mismos trabajadores los que resulten afectados por lo Expedientes en la empresa.
En cuanto a las nóminas si no te las pagan a su tiempo también puedes denunciar a la inspección y por supuesto reclamar la cantidad judicialmente y cuando los retrasos en su pago sean reiterados se puede pedir judicialmente la rescisión del contrato, por incumplimiento grave y culpable del empresario de sus obligaciones, dicha rescisión da derecho al cobro de 45 días por año de indemnización y al cobro de la prestación por desempleo.
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