¿Cuáles son las claves?

Hola enelborde, verás quiero solicitar una pensión no contributiva y la verdad es que no tengo mucha idea, sobre todo en que se basan principalmente para dar el grado de minusvalía, yo quiero conseguir más del 65% por razones económicas, pues nos es necesario por la situación crítica de mi casa, yo no puedo trabajar por una Fobia Social severa, la cual desencadena en otras patología de tipo Psiquiátrico ( Trastornos por evitación, Trastornos de pánico, Ansiedad Generalizada y circunscrita, depresión, estrés postraumático, problemas en el lenguaje) todo esto diagnosticado por mi Psiquiatra. Lo he comentado con una Trabajadora Social y me ha comentado muy por encima pero que con todo esto ella dice que vé difícil que me la den, El colmo!. Yo no puedo salir de casa, es extrema mi invalidez y por supuesto no puedo trabajar, pues ya e trabajado y ahí es donde se me desencadenan mucho más mi pánico. Me comenta también la T.Social que no solo miran la invalidez si no la situación socio-económica y es ahí mi duda al respecto, ¿cuál importante es?. ¿Yo vivo con mi madre que percibe una pensión compensatoria por divorcio de unos 400 y una reinserción activa de otros 400?, en fin estoy hecho un lio y no sé como bareman, el caso es que necesito conseguirla si o si, ¿Es importante los convivientes que hayan en el domicilio? Pues mi Hermana está empadronada en casa aunque no vive actualmente aquí y si que tiene su trabajo, ¿sería importante que ella se empadronara en su domicilio actual para que no conste? ¿Me merecería la pena irme de alquiler antes de pedir la pensión por los 800? ¿Qué dan a mi madre para constar como único en el núcleo de la vivienda?, ¿Mis preguntas van bien orientadas o no me estoy haciendo un lio yo solo? No sé estoy muy desorientado y no sé cuales son las variables que se contempla para dar el porcentaje. Estoy muy agobiado por este asunto desde hace semanas y no encuentro solución. Espero su ayuda y si cree conveniente hacerme algunas preguntas más por que pudiera serme útil se lo agradecería. Un saludo.

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Pueden ser beneficiarios de la PNC de Invalidez los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes REQUISITOS:
1. Carecer de ingresos suficientes
Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2009, ¿sean inferiores a 4.708,62? Anuales.
No obstante, ¿si son inferiores a 4.708,62? Anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación; estas cuantías se verán incrementadas en los casos en que se causa derecho al complemento del 50% de la pensión:
Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
Nº de convivientes = 2  8.004,65 ?/año
Nº de convivientes = 3 11.300,68 ?/año
Nº de convivientes = 4 14.596,71 ?/año ...
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:
Nº de convivientes = 2 20.011,63 ?/año Importantísimo que tu hermana se empadrone en su domicilio real
Nº de convivientes = 3 28.251,70 ?/año Importantísimo que tu hermana se empadrone en su domicilio real
Nº de convivientes = 4 36.491,78 ?/año ...
2. Específicos de la propia Pensión no Contributiva de Invalidez
Edad: Tener 18 o más años y menor de 65.
Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Discapacidad: Grado de minusvalía igual o superior al 65%.
El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.
La Pensión no Contributiva de Invalidez es incompatible con la PNC de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (Lismi), así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, desde el 1 de enero de 2007, de la cuantía de la pensión integra calculada en cómputo anual, se deducirán las rentas o ingresos del pensionista que excedan del 25% del importe íntegro de la pensión, es decir, ¿de 1.177,16? Anuales.
¿Si el pensionista cuenta con rentas propias inferiores a 1.177,16? En el año 2009, no verá reducida la cuantía de su pensión por tal causa.
¿Por otra parte si el pensionista contase con rentas propias superiores a 1.177,16? En el año 2009, ¿sólo le será reducida su pensión por los ingresos que excedan de 1.177,16?.
Respecto a la asignación del porcentaje... es una lotería: Digamos que "tienen como norma" denegar tanto la primera como la segunda solicitud... es para que te aburras y lo dejes, se constante y ya no puedes recurrir tendrás que ir por la vía judicial que eso te debe tardar asta que te salga el juicio de 3 años en adelante, te preguntaras y mientras de que vivo, pues a ellos les da igual
Te dejo dos enlaces que serán muy de tu interés
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1971-1999.html Este es el de la normativa de aplicación.
http://www.famma.org/asuntos_soc/pr_certificado.htm en este las preguntas mas frecuentes respecto a tu consulta.
Espero haberte ayudado. Si es así recuerda cerrar y puntuar, si te quedan dudas, sigue la consulta.
Si enelbode me está siendo de mucha ayuda, pero me quedan dudillas, ¿existe alguna figura como un experto al que pueda acudir(abogado) para que lleve mi caso?. ¿Los hay que no te cobren?. He oído que los sindicatos, ¿pero estos son para los trabajadores no?. Venga muchas gracias.
Si, claro que la hay. Echale un vistazo a este link
http://www.cgpe.es/asistencia.aspx

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