Indemnización reducción de jornada

Buenos días,
Soy una trabajadora por cuenta ajena, llevo trabajando 1 año y 9 meses a jornada completa, por motivos de falta de trabajo, me reducen a media jornada.
Me gustaría saber como me tienen que calcular la indemnización, si me despidiera, que será lo más probable en 1 o 2 meses ( que serán los que esté trabajando a media jornada)
También me gustaría saber si fuera al paro como me calcularían lo que tengo que cobrar, ¿con los últimos meses? O me puedo acoger a lo cotizado anteriormente ( también en otras empresas de las que no he disfrutado el paro ).
Muchas gracias.

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La empresa no puede reducirte la jornada sin que firmes tú el "acuerdo". Lo prohíbe textualmente el estatuto de los trabajadores. Si firmas reduces a la mitad lo que vas a cobrar de indemnización y también de paro porque este se calcula con las últimas 6 nóminas. Por tanto no firmes ni loca. Si quiere despedirte ahora, que lo haga, pero tendrá que pagarte el doble y tu cobrarás más paro. La empresa sólo quiere ganar tiempo para cerrar y declararse insolvente.
Participa en esta brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.

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