Trabajo en un hotel como camarera de piso, trabajo 6 horas cada día de lunes a viernes, pero estoy sola con un promedio de 20 habitaciones por día, estoy trabajando a destajo, no puedo más, llevo 10 años en la empresa, bueno casi 14 pero estuve sin contrato, entonces a raíz de trabajar así a este ritmo frenético estuve de baja 2 meses y me han encontrado una hernia de disco en la zona lumbar, más una artrosis de columna lumbar, pues como veras he cogido la alta hace 2 semanas y ya me están acosando de nuevo que tengo que hacer todas las habitaciones este como este, antes tenía una chica que me ayudaba los días de más faena pero la han quitado para ahorrar gastos lo cual yo trabajo el doble ademas me quieren meter también el restaurante que llevaba una chica que también la han puesto por la tarde osea que me obligan a todo esto y no puedo más, me dicen que no quiero trabajar, y cosas así, yo no puedo más de el dolor de lumbago que tengo, encima me pagan la nomina el día 18 de cada mes y el problemas es que me gustaría irme de aquí pero ellos no me echan, puesto que tendrían que pagar bastante, prefieren amargarme la vida para que me vaya yo, ¿así qué estoy pensando en afiliarme a un sindicato labora y que me asesoren ellos que piensas? Tengo alguna oportunidad de demandarlos por hacerme trabajar a destajo estando sola, y con solo 6 horas osea que tengo que correr mucho para acabar mi faena, ademas sabiendo ellos que he estado enferma por una hernia de disco, y ademas también tengo tendinitis de hombro, ¿qué puedo hacer? Por favor estoy muy casada de este trabajo y de mis jefes negreros.
Lo primero que tengo que decirte es que el trabajo a destajo está prohibido desde hace muchos años dentro del ámbito de las relaciones laborales. Quiero decir que no te pueden pagar por habitación ni por cualquier otra unidad. Te tienen que pagar por hora de trabajo, independientemente de las habitaciones que hagas en una hora. El precio de la hora lo puedes sacar de tu convenio aplicable, que seguramente será el provincial de hostelería. Si no lo indica por hora lo puedes calcular sumando los importes anuales (los dice en el convenio) de salario y todos los pluses obligatarios y dividiendo el total por la jornada máxima anual que seguro que también dice en el convenio. Eso es el mínimo que te tienen que pagar sí o sí. Es decir que tampoco vale eso de que tienes que hacer tantas habitaciones tardes lo que tardes. Por supiuesto que no tienes que hacer labores en el bar porque son de otro grupo profesional y tu categoría es camarera. En casos de acoso, si te quieres ir lo tienes fácil: trabaja con calma y cumpliendo convenio y contrato. Es decir, es difícil evitar que te puteen cuando se quiere conservar el empleo, pero es facilísimo cuando quieres irte, que te echen o bien quedarte pero en las condiciones legales. Ponte en el lugar del jefe: tu vas a ir a trabajar los días que te corresponden y las horas que te correspoden según contrato, y si estás mal por supuesto que vas a pedir la baja, porque la buena marcha de la empresa no es tu problema (esa es la base de la condición de trabajador por cuenta ajena, que quiere decir que eres ajeno a los riesgos y también a los beneficios). Mientras estés trabajando mantienes un ritmo correcto, pero no alto, porque no tienes ninguna obligación de ganar ningún campeonato, y por supuesto un ritmo que jamás perjudique tu salud. A tu hora de salida te vas, digan lo que digan, aunque esté el trabajo sin terminar. Ese no es tu problema. Tu contrato te obliga unicamente a prestar los servicios que te pagan (según la definición de la categoría en tu convenio) durante las horas que te pagan. Jamás te obliga a realizar una tarea en concreto cada día, tardes lo que tardes. Eso es el trabajo a destajo, que está prohibido. Si te dan órdenes (de hacer horas extras o trabajar en otros puestos u otras ilegales) que no sean por escrito simplemente no haces ni puto caso. ¿Qué va a hacer el jefe aparte de vociferar? Nada. No puede hacer nada porque lo único que puede hacer es sancionarte o despedirte (despido disciplinario por desobediencia), pero si lo hace tendrás muy fácil oponerte a la sanción judicialmente o demandar por despido improcedente porque él no tendrá ninguna prueba de que has desobedecido ninguna orden porque no tiene prueba de haber dado la orden, y además no será tan tonto de ponerte en la carta de sanción o de despido que la causa es por no hacer horas extras (son voluntarias por definición en el Estatuto de los Trabajadores) y menos aún por no trabajar fuera de tu categoría. Si deja de pagarte, la demanda es también muy sencilla y acabarás cobrando con un 10% de interés anual o le embargarán. Además si deja de pagarte durante varios meses seguidos tendrías derecho a rescindir tú misma el contrato cobrando paro, finiquito y la misma indemnización que si fuera despido improcedente. Por tanto es necesario que estés afiliada a un sindicato cuando se va a iniciar la vía de enfrentamiento a la empresa acosadora, porque necesitarás el apoyo de sus servicios jurídicos. Al final al jefe le quedarán dos salidas: dejarte trabajando con las condiciones que has impuesto o bien hacerte un despido reconocido en la carta como improcedente, lo que conlleva el pago inmediato de una indemnización de 45 días por año (cada día se calcula dividiendo la base reguladora de una nómina completa entre 30) aparte de lo que te deba de finiquito normal. El peor de los casos sería que cometieras un error en el trabajo de forma que él si que pudiera probar una desobediencia grave y culposa y el juez le admitiera el despido procedente. Pues bien, aún en ese caso lo único que no cobras es la indemnización, pero sí que cobrarías el finiquito y el paro. En cambio si eres tú quien se va con baja voluntaria, tendrías que dar unos días de preaviso y lo único que cobrarías sería el finiquito, pero no la indemnización ni tampoco el paro. No estaría de más que en el sindicato te revisaran las nóminas porque encima puede que estés cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas de tu convenio o bien que no te estén aplicando el convenio que te corresponde. En ese caso podrás demandar y cobrar lo que te deba del último año. En resumen, sin decirlo el empleado listo le plantea un ultimátum al jefe acosador: yo aquí voy a trabajar según convenio, digas tú lo que digas, y si no te gusta me despides.