Despido por concurso

Trabajo en una empresa que ha entrado en concurso de acreedores. (Llevo tres meses sin cobrar)
Nos han dicho que en breve entrará en disolución y nos despedirán (lo más seguro el 30/4/2009) por objetivos económicos.
Me he estado informando de las indemnizaciones (vía fogasa) que cobraríamos en el momento que nos despidan, sobre 25 días anuales.
Una anualidad máximo que no exceda del triple de SMI diario y Máximo 120 días de salarios adeudados que no exceda el triple del SMI diario. (Creo que es así).
Y los administradores concursales dicen que nos lo pagaría integro el fogasa.
Pero el otro día entré en la página del fogasa y he visto que en empresas de menos de 25 trabajadores, solo abonarían el 40 % de la indemnización particular de cada trabajador y el otro 60 % la empresa (lo cual es imposible ya que la empresa entra en disolución por falta de dinero)
Agradecería enormemente una explicación a mi duda, porque ya que voy a perder mi empleo y la indemnización por parte de la empresa, por lo menos agarrarme a mis derechos como trabajador que es lo único que me queda y cobrar esos 25 días anuales que me dejarían.
Muchas gracias por su ayuda.

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Los días de indemnización en estas situacions son establecidos por los administradores concursales así como los porcentajes de quien paga qué. Así que estate a lo dispuesto por los administradores ya que esa es una de sus finciones

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