Contrato obra y servicio

Buenos días,
Trabajo en una constructora y me hicieron un contrato por obra y servicio en agosto de 2007, en dicho contrato aparece que me contratan "para la cimentación de un edificio", la cuestión es que la obra ha durado 2 años y medio y la cimentación de un edificio tan solo dura unos meses. Se ha acabado el edificio y la obra. Ahora estoy trabajando en otra obra pero me piden que firme un documento en el que pone "hacer extensivo el contrato de trabajo suscrito en fecha 000000 al centro de trabajo que esta entidad tiene ubicado en... A partir de 1 Julio de 2008 (esta carta no la he firmado y me niego a firmarla)
Mi pregunta es la siguiente: ¿Se puede considerar este contrato como fraude de ley y pasar a ser indefinida? ¿Si me despidieran me correspondería indemnización por obra y servicio o por indefinido?
Si firmo la extensión del contrato tendré que estar 2 años y medio más que es lo que durará esta nueva obra y hasta que no acabe no podrán hacerme indefinida y si me despiden antes no me indemnizarán como indefinido sino como obra y servicio.
No se si me he expresado bien, pero es que tengo muchas dudas y muchas preguntas.
Gracias de antemano.

1 Respuesta

Respuesta
Tu contrato ya no es de obra y servicio sino indefinido, por lo que si te despiden, aunque no firmes extensión, cobras como indefinido.
Y te aclaro, tu contrato ya es indefinido, porque esta en fraude de ley, al haber incumplido lo que ponía tu contrato inicial.
Me contrataron para una obra que ya ha finalizado y yo sigo trabajando en la empresa pero en distinto centro de trabajo.
En el contrato aparece la siguiente clausula:
UNDÉCIMA:Con independencia del centro de trabajo asignado, las partes podrán de común acuerdo, establecer, de forma expresa, la realización de los trabajos en distintos centros de trabajo de la misma provincia, durante un periodo máximo de 3 años consecutivos, salvo que los trabajos de su especialidad, en su último centro se prolonguen más allá de dicho termino.
Ellos al finalizar la obra me dieron un documento donde exponían que me cambiaban de centro de trabajo (no la he firmado ya que no estoy de acuerdo).
¿Es legal esta clausula? ¿Me puedo negar a firmar el documento de cambio de centro de trabajo? Ahora he pasado a cobrar mis salarios del centro de trabajo nuevo sin yo haber firmado el traspaso.Me pueden cambiar de centro como ellos quieran, ¿así un contrato por obra y servicio duraría cien mil años no? Aunque no se si es legal esa clausula o no.
Si no lo firmo, ¿en caso de despido me corresponderían 45 días por año?
Si lo firmo me tengo que esperar 2 años y medio que es lo que dura el proyecto (centro de trabajo donde estoy ahora)para que me hagan indefinida y ya llevo 2 años y medio, con lo que estaría contratada por obra y servicio 5 años antes de que me hicieran indefinida.
Gracias.
En efecto, no firmes nada, y vuelvo a repetir lo de siempre. Los contratos de obra y servicio cuantos más firméis mejor, y sino firmáis, y ellos incumplen pues también mejor, porque se convierten en indefinidos, y a la hora del despido, cobráis como tal, es decir 45 días en lugar de 8.

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