Incorporación al trabajo tras una IT

Después de una IT (de 18 meses más el tiempo de baja por maternidad) he solicitado a la empresa por escrito el tiempo que me corresponda de vacaciones así como las horas acumuladas de lactancia, contestándome que debo incorporarme al trabajo para solicitarlo, y en cuanto a la lactancia señalan no tener convenio colectivo que prevea tal circunstancia, por lo que señalan que tampoco es posible. El solicitarlo por escrito se debe a un problema que he tenido con la empresa y con una trabajadora que intentó agredirme y tuve que denunciar, primero la denuncié a ella y luego amplié la demanda contra ellos por apoyarla (por ciertos intereses del secretario).
En los sindicatos me dijeron que actuase de esta manera, ¿qué debo hacer?
Muchas gracias por todo

1 respuesta

Respuesta
1
Lo más importante es que te puedo asegurar que sí que tienes convenio colectivo. Si tu empresa no tiene uno propio (es lo más habitual) se te aplica el del sector de tu empresa: comercio, metal, oficinas y despachos... Si el sindicato no sabía esto pues es otro más de los que están en los sindicatos sin tener ni puta idea.
Por tanto de momento ya puedes buscar tu convenio, porque seguro que encima estás cobrando menos de lo que te corresponde (eso es por lo que en muchas empresas dicen que no tienen convenio).
En cuanto a la lactancia, aunque fuera cierto que no tienes convenio, está en el Estatuto de los Trabajadores.
El Estatuto de los Trabajadores da permiso a cualquier trabajadora a
acumular todas las horas de permiso de lactancia en unos días de
permiso, que hay que disfrutar inmediatamente después de que se
acaben la baja de maternidad. Para tener esta lactancia acumulada no
hay que pedir "permiso", igual que tampoco hay que pedirlo para
disfrutar de la baja de maternidad. Tampoco es obligatorio darle el
pecho al niño y por supuesto no hay que justificar nada de eso.
Sólo hay que comunicarlo, por ejemplo con este modelo: Fulanita
comunica a Menganito S.A. que partir del día siguiente a la
finalización de mi permiso de maternidad ejerceré mi
derecho a acumulación del permiso de lactancia hasta el
día X. Madrid a tal de tal.
Este documento te lo tienen que
firmar en la empresa y si no quieren se lo mandas por burofax con acuse
de recibo y certificación de texto. Unez vez lo tengas ejerces
tu permiso con total tranquilidad. No te pueden despedir. Antes de que
acabe ese permiso sería cuando tendrías que comunicar la
reducción de jornada si la quieres hacer. Con eso sigues en
protección anti despido improcedente hasta que tu niño
tenga 8 años.
El número de días de acumulación de
Lactancia son los que diga en tu convenio. Si no dice cuántos
son exactamente entonces te haces esta cuenta: la lactancia es una hora
por día laborable, por tanto cuentas los días laborables
que tendrás desde el primer día laborable en el cual
empieces la acumulación hasta el día laborable en que el
niño cumpla 9 meses (si los cumple en no laborable entonces
hasta el laborable anterior). El resultado son las horas totales de
acumulación de lactancia. Entonces lo divides por el nº de
horas que trabajas al día (sin contar las horas extras) y te
saldrá el nº de días laborables que tienes de
permiso acumulado de lactancia.
En cuanto a las vacaciones, no es cierto que tengas que incorporarte para disfrutarlas (te quedan todas las del 2008, que se pasan al 2009, y las del 2009 aparte), pero sí es cierto que no las puedes "preavisar" como la lactancia y largarte por las buenas, sino que tienes que disfrutarlas en fechas pactadas. Lo lógico sería ahora, pero si no quiere será después, pero al final en el 2009 tendrás un montón de vacaciones, quiera o no quiera.
Me parece fenomenal, ya que les he enviado un burofax solicitando la lactancia acumulada y las vacaciones y me lo han denegado, alegando que me tengo que incorporar para establecer el calendario vacacional y que para ello es imprescindible mi concurrencia al puesto de trabajo para la negociación de las fechas de disfrute, y en cuanto a la lactancia acumulada me dicen que no existe convenio colectivo que preveea tal circunstancia (lactancia acumulada), y que tampoco existe acuerdo entre ellos y yo, y que por lo tanto lamentan informarme que no será posible.
Yo le quería comentar que mi periodo de baja por maternidad finalizó el pasado 23 de noviembre, pero a continuación tenía que seguir con una baja por IT que me quedaba por agotar, (ya que me concedieron 6 meses más), y esta baja ha finalizado este pasado día 17 de diciembre, como usted señala que la lactancia se disfruta a continuación de la maternidad, en mi caso ¿puedo cogerla ahora una vez finalizada la IT?
Muchísimas gracias por su interés
Un saludo
La lactancia la puedes coger cuando quieras hasta que tu niño tenga 9 meses. No necesitas convenio porque es un derecho recogido en el ET. Si ya se lo has comunicado por burofax y en el mismo ponías las fechas en las que vas a faltar por la lactancia no necesitas hacer más. No vas y punto. Si te despiden es despido nulo.
Muchísimas gracias una vez más por todo, le estoy muy agradecida por contestarme tan rápidamente
Sin otro particular, reciba un cordial saludo y feliz navidad

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas