¿Contrato en fraude de ley?

Hola, tengo una duda con respecto a un contrato eventual.
Tengo un contrato eventual de 6 meses de duración conseguido a
través de un concurso-oposición en un ayuntamiento para prestar
servicios como conserje en un servicio publico de nueva creación( este
servicio no existía anteriormente)que es un vertedero de residuos
inertes de la construcción.
Yo considero que el contrato esta en fraude de ley ya que el
servicio no es para atender ninguna carga temporal de trabajo ni
acumulación de ningún trabajo ya que como he dicho anteriormente es un
servicio de nueva creación en un vertedero de nueva creación.
Espero vuestras opiniones.
Gracias

2 Respuestas

Respuesta
1
El contrato es legal si no hay rotación de personas ocupando el mismo puesto. Si te hacen 6 meses, luego te vas y entra otro para otros 6 meses, y así sucesivamente, es en fraude de ley.
Si antes que tu ha estado otra persona con contrato de 6 meses, deberías reclamarlo como indefinido por estar en fraude de ley.
Bien, como te he comentado es un servicio nuevo y no ha estado nadie antes en ese puesto, ¿entonces yo al termino de los 6 meses de contrato si me despiden y contratan otra persona para el mismo puesto sea con el contrato que sea puedo reclamar por despido improcedente y considerar el contrato en fraude?
Por su puesto, si al cabo de 6 meses te dicen que terminas contrato y cogen a otra persona, entonces has de reclamarlo como un despido improcedente, por ser en fraude de ley, lo cual te convertiría en tener contrato indefinido, y al no dejarte quedar seria un despido improcedente con 45 días por año (en yu caso 22,5 días de indemnización).
Respuesta
1
¿Cuál es el modelo de tu contrato de trabajo? ¿Un 401? Si es así que descripción indica el contrato sobre la obra para la que has sido contratado.
<div>Hola,gracias por responderme,el contrato es un 402(eventual por circunstancias de la produccion) y seguidamente dice; el contrato de duracion determinada se celebra para atender las exigencias circunstanciales del mercado,acumulacion de tareas o exceso de pedidos,consistentes en Conserje para el vertedero de aridos municipal,aun tratandose de la actividad normal de la empresa.</div>
Si este servicio no existía con anterioridad y se presupone que va a tener un carácter indefinido no se está tratando de una acumulación de tareas que posibilite un contrato por circunstancias de la producción (código 402), se trataría de una actividad de carácter indefinido por lo tanto te correspondería tener un contrato indefinido, entiendo que tu contrato está en fraude de Ley.
Tienes dos posibilidades o reclamar a la finalización del contrato y si ganas conseguirás el contrato indefinido o una indemnización de 45 días por año trabajado, o reclamar ya judicialmente por contrato en fraude de Ley, en este caso la empresa no podría despedirte si consigues el contrato indefinido porque se entendería que lo haría por tu reclamación de derechos y por lo tanto en caso de despido este sería nulo.
Efectivamente se trata de un servicio nuevo y de carácter indefinido, esperare al final por si me ofrecieran alguna prorroga o un cambio de contrato, al final si te han de despedir si estas más tiempo más indemnización tendrás.
Gracias por todo, me has aclarado la duda que tenia.
Saludos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas