Prejubilación anticipada

Mi padre tiene 52 años y trabaja en una empresa de transportes. Lleva trabajando en este sector 34 años. Lo que me gustaría saber es que si plegá de trabajar y se coge los dos años siguientes el paro, cuando tenga 54 años, qué tanto por ciento le podría quedar sobre su sueldo.
Gracias

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¿Te refieres a jubilarse a los 54 años?, salvo excepciones de convenios especiales entre empresa y Seguridad Social no puede jubilarse a esta edad.
La edad de jubilación es a los 65 años, cabe la posibilidad de prejubilarse si se cumplen determinadas circunstancias antes, pero no antes de los 60 años, en este caso se descontará el 8% de la prestación de jubilación por cada año de anticipación.

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