Apartado 5 del artículo 15 de la ley 43/2006

Hola:
Estoy contratado en una empresa privada por obra y servicio para una adjudicación en la administración pública. El contrato ponía que la obra y servicio duraría 1 año. Al finalizar el año me dijeron que se ampliaba la obra y servicio por dos años más. La obra y servicio acaba en Enero 2009.
La ley 43/2006 en el apartado 5 del artículo 15 dice que los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.
¿Es este mi caso? ¿Debería ser fijo?
Muchas gracias.

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Respuesta
1
Lamentablemente no es tu caso porque según dices sólo has tenido un contrato. Da lo mismo que el contrato dijera un año, porque al ser por obra esto es una estimación que se puede modificar alargándola o encogiéndola.
Lo que tienes que mirar es que tu contrato acabe el mismo día que la obra. Ni antes ni después. Y que hayas trabajado exclusivamente en ella. Si no se cumplen estas condiciones también hay fraude y eres indefinido.
El caso es que me avisaron de que se ampliaba la obra por dos años más por teléfono. ¿Deberían haber avisado por escrito? ¿Me perjudica o me beneficia en algo?
Muchas gracias.
No tienen que avisarte de nada realmente, ni por escrito ni verbal. Al continuar la obra el contrato se prorroga sólo. O lo que es lo mismo: el contrato vivirá mientras viva la obra, ni más ni menos. Si te echaran antes o después del fin de obra sería despido improcedente.
Muchísimas gracias. Tu respuesta me ha servido de mucha ayuda y ha sido muy clara.
He leído en su página web el artículo sobre la reducción de la jornada laboral y sin lugar a dudas me ha parecido el mejor artículo que he podido leer sobre este tema. Tengo de todas formas un par de dudillas por resolver que en cuanto pueda le preguntaré en un nuevo post. Muchísimas gracias y un saludo.

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