Demanda por correo administrativo.Muy urgente!
Mi duda es si la presentación de una demanda por despido por correo administrativo el último día de plazo es válida, es decir, ¿cuál es la fecha a computar a efectos del plazo de caducidad, la de la presentación de la demanda en correos o la fecha en la que llega al juzgado?. Te lo pregunto por que la práctica habitual en el despacho en que trabajo es que las demandas que se tienen que presentar fuera de Madrid se hagan por corro administrativo y nunca hemos tenido problema, pero me quieren echar el "marrón" a mi de haber presentado una demanda por despido por correo administrativo, como siempre se hace, dentro de plazo (por que se presentó el último día), y me dicen que a lo mejor está cadudada. ¿Cómo puede estar caducada si se ha mandado dentro de plazo y por corro administrativo?. Por favor, yo soy una mandada, pero me gustaría poder contestarles con coherencia.
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Respuesta de agarfer
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