Baja voluntaria mi jefe no me paga

Trabajo en una empresa pequeña desde enero de este año, la verdad es que desde el principio vi (trabajo como administrativa, así que tengo relación con bancos, etc) que la empresa no estaba en una situación económica solvente, pero ha ido cumpliendo con sus pagos hasta ahora. ¿El mes de julio no he cobrado la nómina (solo he cobrado 500? Hace 2 días, ¿de una nómina de 1267?), por lo que he encontrado otro trabajo al que me tengo que incorporar. He dado los 15 días de preaviso, con lo que me quedaría pendiente de liquidar la diferencia de la nómina de julio, la nómina de agosto (24 días) y la parte proporcional de las pagas extraordinarias ya que las vacaciones las he disfrutado. (¿Alrededor de unos 3000?)
Me encuentro con que el viernes es mi último día, y por la experiencia vivida con otros compañeros (hay varias personas a lo largo de mi relación con esta empresa que han tenido problemas para cobrar sus liquidaciones, como talones con fechas 15 días después del último día, incluso pagar el finiquito con un pagaré a 30 días) y ademas por mi conocimiento del estado de las cuentas se que no voy a cobrar mi liquidación como sería lo normal (un talón, una transferencia)
Entonces me encuentro un poco perdida.. Que puedo hacer si me da un talón fechado para 15 días más tarde, ¿le firmo los papeles conforme me ha pagado y si luego no tiene fondos? Agradecería me orientase sobre las opciones que tengo en esta situación.

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Obviamente, si la empresa tiene problemas de financiación no son vuestros problemas. Que pidan un crédito, pero que no se financien con vuestras nóminas.
Con respecto a los que se han ido es porque no lo han sabido hacer. En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el SMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.
En tu caso tienes que esperarte a que terminen de generar toda la deuda. Es decir, al día siguiente a tu marcha. Entonces ya puedes poner la reclamación. Como sabes calcularla tú misma no necesitas abogado en el proceso para nada. Si el día de tu marcha te paga lo correcto lo firmas, pero te tiene que pagar en metálico o con cheque o pagaré (ya tú decides cuántos días aceptas). Si extiende un cheque sin fondos o un pagaré entonces le podrás poner la reclamación igual, con la prueba del cheque no cobrado, y aparte habría cometido un delito y lo podrás denunciar.
Tú tranquila, que paga como que hay Dios y si no lo hace le embargan.
Buenos días,
Perdona que vuelva a insistirte en una cosa... cuando llegue el viernes y me dé lo que sea (talón, que seguro es sin fondos, ¿ya qué a día de hoy la cuenta es negativa) o pagaré tengo la obligación de firmarle todo aunque aún no este ingresado en mi cuenta? O puedo decirle que dadas las circunstancias no me fio de él y le firmaré los papeles cuando lo ingrese...
Bueno sea como sea, seguro voy a tener que acabar denunciándolo.
Muchas gracias
No tienes ninguna obligación de firmarle nada. Si es sin fondos no le vale como recibo la carta firmada, porque tú puedes demostrar que no lo has cobrado. Pero si no te quieres arriesgar, sabes lo pirata que es, pues directamente le dices que te paga en metálico en el momento o no le firmas nada y pones la demanda al día siguiente. Acabarás cobrando igual pero con intereses, así que bien mirado sales ganando.
[color=#3366b9]www.laboro.es.gd/laboral.htm[/color]
Muchas gracias por tu respuesta y por tu rapidez en contestarme ! A ver que tal sale todo, haces una labor genial...
Que vaya todo muy bien!
Jessica

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