Un finiquito firmado sólo te impide recurrir sobre los conceptos que estén especificados en el finiquito de forma independiente y que estén bien calculados. Es decir, que en el finiquito tiene que decir lo que te pagan de indemnización (si la hay), pagas extras pendientes y días de vacaciones pendientes, especificando el nº de días y el precio de cada uno. Si el finiquito sólo indica una cantidad en total lo puedes recurrir siempre, aunque lo hayas firmado y diga que renuncias a toda reclamación posterior. También puedes recurrir los errores de cálculo. Por ejemplo, ¿dice qué te pagan 10 días de vacaciones a 30? Cada uno, ¿pero resulta que no son 10 días sino 12 o no son 30? ¿Por día sino 35?. En ambos casos podrías recurrir. También se pueden reclamar deudas que en el momento de la firma del finiquito no conocieras, como el abono de los incentivos por una venta o de unos atrasos por subida salarial. Además hay que tener en cuenta que poner una reclamación de cantidad es gratis, porque no necesitas abogado ni hay condena en costas, por lo que no se pierde nada. Pero no te aconsejaría reclamar en tu caso porque está la "cagada". Firmar con otra firma es una falsificación de documento. Es decir que no puedes apoyarte ahí porque si lo haces la empresa llama a un perito calígrafo y te aseguro que te pilla. SI no dices nada y no se dan cuenta de que la firma es otra puedes progresar, pero como se de cuenta la empresa o el juez la cagas más aún, porque estamos hablando de un delito, no de una falta. Cobrarías tu finiquito, eso sí.