Derecho a cobrar susidio por desempleo

Mi mujer es trabajadora fija discontinua, trabaja 2 horas al día en un colegio (cuando finaliza el colegio en junio la empresa que la contrata la da de baja y cuando se reanudan en septiembre las clases la vuelven a contratar). Empezó a trabajar hace aproximadamente dos años llevando 320 días cotizados, le faltarían 40 días para poder cobrar la prestación por desempleo (paro). La dicen en INEM que tendría derecho a cobrar el subsidio por desempleo (una vez comprobadas las circunstancias familiares y los ingresos) pero que de cobrarlo ahora ya no podría al año que viene cobrar el paro.
1º ¿Es eso cierto?. 2º ¿No es compatible el subsidio por desempleo y la prestación por desempleo "paro"?.

2 Respuestas

Respuesta
1
Efectivamente, lo que te han dicho en la oficina de empleo es cierto. Si hemos cotizado más de 180 días y menos de 360 no se cobra el Paro sino el Subsidio de desempleo. Que es lo que pasa, que este subsidio el porcentaje de los salarios que hemos recibido en los últimos 180 días es del 60%, y tiene una duración de entre 2 y 4 meses, en ese tiempo ya hemos liquidado el tiempo que hemos cotizado. Por eso si lo cobra este año el próximo, con las horas que trabaja no llegara a los 360 días cotizados y muy probablemente tampoco a los 180 días.
¿No convendría mejor cobrar el subsidio y luego al año que viene volver a cobrarlo? Mi mujer cotiza más de 200 días cada año con lo que superaría los 180 días y creo que en su caso bastaría con 90 días. La cantidad a cobrar es mayor con el subsidio que con el paro ¿es así?. ¿Cual sería tu recomendación.
No entiendo lo de "creo que en su caso bastaría con 90 días".
Si en la vida Laboral sacada a día de hoy te pone 300 días cotizados, o en caso de que ya anteriormente haya cobrado el paro, el certificado que te daría la oficina de empleo te dice los días. Que es lo que ocurre con la cotización de tu Mujer, ella no trabaja 40 horas semanales SOLO 10 HORAS, lo cual supone que cada mes trabajado es equivalente a una semana a JORNADA COMPLETA, es decir que para cobrar lo mismo que una persona que trabaje un mes a jornada completa Tu Mujer debe trabajar 4MESE.
Y no, nunca el subsidio sera mayor que el paro porque el porcentaje del salario computable es inferior.
Mi recomendación es: que si necesitan el dinero que lo cobre, pero el "contador" se vuelve a poner a cero para poder volver a cobrarlo el año que viene. Si no lo cobramos, el año que viene tendrá derecho a cobrar las prestaciones.
Respuesta
1
Durante el tiempo que no se trabaja en los contratos fijos discontinuos, o en los indefinidos con periodos de inactividad se puede cobrar el desempleo. Otra cosa diferente es que se tenga derecho a él.
Si tu mujer ha cotizado lo suficiente en este periodo podrá cobrarlo, pero si lo consume el próximo año no podrá cobrarlo, no porque no pudiera tener derecho, si no porque no ha generado un nuevo derecho (no ha cotizado lo suficiente).
¿Entonces cuántas veces se puede cobrar el subsidio?.
Si en setiembre cuando vuelva nuevamente a trabajar se pone entiendo el contador a cero, con lo que al acabar los 9 meses laborales del próximo contrato habrá cotizado por días. ¿No podría volver a cobrar el subsidio, dado que no habrá cotizado lo suficiente para poder cobrar el paro?.
Con un año cotizado se pueden cobrar 4 meses, si en septiembre hubiera cobrado todo el desempleo y trabaja 9 meses no podrá cobrar el desempleo, pero al año siguiente trabajará 9 meses más, ya tendrá 18 meses cotizados, en ese momento si podrá cobrarlo de nuevo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas