Cobrando a plazos por sistema

Estimado experto:
En la empresa en la que actualmente trabajo es costumbre que cobremos en varias veces y es muy probable que este mes no veamos todo el dinero junto.
Trabajamos supeditados sl Convenio de Comercio del Principado de Asturias y la pregunta es sencilla:
¿Podemos agarrarnos a algo para cobrar nuestro salario en una sola cuota o siempre que no se salga del mes es perfectamente legal?
Si me niego a cobrar una de las cuotas (es decir, me planto y digo "o todo o nada" )¿Eso puede repercutir de alguna forma en mi perjuicio más allá de que empiecen a marearme (lo cual parece ser uso y costumbre español)?
Un saludo y gracias por adelantado

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Pues como tú mismo dices, mientras que no se pasen al mes siguiente no hay nada que hacer y por supuesto nada hay que impida pagar en plazos. Pero si se pasan al mes siguiente de forma repetida, puedes solicitar en el juzgado una rescisión voluntaria del contrato con indemnización de 45 días por año.
En primer lugar, muchísimas gracias por la concisión de su respuesta, pero me gustaría que me orientase con respecto a la segunda cuestión, es decir, el negarme a recibir una de las cuotas.
Porque en cierta forma se podría interpretar como que les estoy "obligando" a que esa misma parte pase al mes siguiente con lo que entraríamos en la dinámica que usted comenta de solicitar en el juzgado una rescisión voluntaria ¿no es así?
No puedes negarte a cobrar para intentar forzar un retraso, porque te lo pueden ingresar en el banco cuando quieran y si lo bloqueas o cambias de cuenta podrían demostrar fácilmente con testigos que te has pasado de listo.

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