Sustitución por enfermedad

He empezado a trabajar, en sustitución de otra chica que está de baja por enfermedad, en una empresa del ramo de químicas de Madrid, y quisiera saber si mis honorarios han de ser iguales a los de la persona sustituida, tanto en salario como en incentivos, o en cualquier otra forma de remuneración.
Gracias por tu respuesta.

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No. Tus honorarios han de atender a tu categoría profesional en relación a lo que marque en el convenio colectivo y las horas que trabajes. Esa otra chica a la que sustituyes puede tener antigüedad, puede tener algún plus al que tu ahora no tienes derecho o simplemente el jefe le daba 200 euros más en el concepto que sea por que le daba la gana y a ti no le da la gana de dártelos, así que no, en principio, por muy jodido que sea y se que jode, no tienes por que cobrar lo mismo que ella, eso si, no puedes cobrar menos de lo que marca el convenio colectivo para tu secto y tu catego y la horas que trabajas, ¿ok?

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