Que es adjudicar una herencia y que es la extra temporaneidad o temporalidad

Mis padres tenían gananciales, mi padre falleció hace 19 años ( habían hecho testamento los dos a la vez dejando al cónyuge el usufructo y a los hijos la herencia a partes iguales)

Mi hermana quiere que adjudiquemos la herencia, que mi madre renuncie al usufructo, ya que está en una residencia de ancianos desde hace 1 semana, y que cada año que pasa pagamos más de extratemporalidad por no adjudicar la herencia y que no hace falta repartir nada, que sea todo de todos los hermanos.

Vivimos en la Comunidad Valenciana

Yo no entiendo nada, pienso que cuando se muera mi madre ya heredaremos.

Si alguien sabe del tema y puede asesorarme.

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Me va a disculpar, pero es la primera vez que escucho el término "extratemporalidad" en el mundo del Derecho.

Lo que grava una herencia es el Impuesto de Sucesiones, pero habida cuenta que como usted manifiesta que su padre falleció hace 19 años, la norma aplicable será la contenida en el art. 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que en lo que afecta al caso es del siguiente tenor literal:

"Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:
a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas".

El usufructo del cónyuge supérstite para renunciar a él ha de hacerlo su madre ante notario, siempre y cuando no tenga afectadas su facultades mentales por culpa de alguna enfermedad cono el Alzheimer, en cuyo caso, dígale a su hermana que se olvide porque el notario no accederá a ello, ya que tendría que incapacitarla judicialmente como primera medida y aun así, al afectar a los derechos patrimoniales del incapacitado, habría de solicitarse permiso al juez que dictó la sentencia y darle las razones; en el momento que le dijera que es para quedarse con la vivienda, le dirá que no se lo autoriza.

Es bastante más acertado su posición y criterio de esperar al curso natural de las cosas.

¿Ruego cierre y valore?

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