Herencia. Saldos bancarios no actualizados

Hace año y medio iniciamos los trámites mis hermanas y yo para la adjudicación de la herencia de mis padres, pedimos los saldos bancarios y arrojaron una cierta cantidad, entre esos saldos hay un dinero puesto a plazo fijo, pero al demorarse la firma de la adjudicación un año y medio, por discrepancias de una de las hermanas, resulta que se ha firmado con arreglo a las cantidades de los saldos que en su día se pidieron, pero no hemos reparado en que el depósito a plazo fijo en todo este tiempo que ha pasado desde que se pidieron los certificados, ha aumentado en tanto en cuanto se han acumulado intereses. Quisiera saber si se debe advertir a la notaría de ello o cuando recojamos las escrituras ir al banco y que se nos den los intereses correspondientes que se hayan generado.

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Los valores bancarios ceben adjudicarse en la escritura de aceptación de herencia con los saldos a fecha de fallecimiento, independientemente de que éstos hayan aumentado o no.

La entidad bancaria solicitará la escritura para proceder al reparto de los saldos y el depósito será repartido teniendo en cuenta el porcentaje de la partición. Es decir, si en la escritura se establece que el 50% del depósito XXX es para Doña YYY el Banco lo que hará es dividir entre dos la cantidad que existe el día de dicha solicitud, es decir, en el presente con el saldo del depósito actual.

Cualquier cuestión que me quiera indicar respecto a este asunto, no dude en ponerse en comunicación conmigo. Nuestro Despacho es especialista en conflictos hereditarios. [email protected]

www.willsandlaws.com
www.pfasociados.es

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