Quién paga IBI y seguro en piso con usufructuario

Voy a heredar un piso junto con otros primos de una tía que ha muerto sin hijos, pero uno de los herederos lo tendrá en usufructo, está claro que luz, agua y comunidad lo pagará el usufructuario y los extras de comunidad los propietarios. Mi pregunta es quién paga la contribución, la basura, el alcantarillado y el seguro de la vivienda.

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El art. 504 del Código Civil establece a su tenor literal que:
"El pago de cargas y contribuciones anuales y de las que se consideren gravámenes de los frutos, será de cuenta del usufructuario todo el tiempo que el usufructo dure".
Creo que está claro, será el heredero que disfrute de la vivienda por dicho usufructo tendrá que hacer frente a todas las cargas y contribuciones que refiere.
Ruego cierre pregunta y valore
Muchísimas Gracias! Todavía andamos con el tema de la herencia sin solucionar, su respuesta es clara y documentada, me ha servido de gran ayuda para luchar por mis derechos y que no dejarme avasallar.
Inmensamente agradecida!
Un saludo!

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