Impugnar legado después de aceptarlo

Tengo una duda sobre si se puede impugnar un legado después de haberlo aceptado.
Mi tío dejó testamento notarial nombrándome heredero universal de todos sus bienes. Al fallecer y abrir el testamento figuraba en él su deseo de legar el 50 % de sus gananciales a una institución benéfica.
El notario hizo las particiones y se determinó que parte correspondía a cada heredero. En un único acto se lee el testamento y estando ambas partes conformes se firma y se acepta, facilitando a cada uno copia del testamento al finalizar el acto.
Pasados unos días, dicha institución benéfica dice no estar conforme con las particiones del testamento y comunica que procederá a su impugnación.
Mi pregunta es, ¿se puede impugnar un testamento o una partición después de ser firmada, aceptada y cobrada?.
Aclaro que mi tío ya estaba viudo cuando falleció y que pertenecemos a Valencia.
Esperando su contestación,

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¿Se puede impugnar un testamento o una partición después de ser firmada, aceptada y cobrada?. Sí se puede impugnar si se alega vicio en el consentimiento que se dio (con los datos que tengo, no puedo valorar si éste es el caso), pero lógicamente, la impugnación tendrá menos posibilidades de éxito que si se huboera realizado directamente.

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