Herencia

Mi padre falleció hace 15 días, ya he pedido las últimas voluntades (no tenía testamento) y se que hemos de hacer la declaración de herederos. Ahora bien tenemos un problema y es que no encontramos la carta de pago de la hipoteca y en la nota simple del piso aparece la carga, el caso es que eso es de hace 28 años y nos han dicho que a los 30 prescribe, y que en el banco no tienen ficheros de hace tanto tiempo y no saben si nos lo podrán arreglar, pero ¿podemos arreglar los papeles de la herencia con esa carga?, ¿Cuánto tiempo tenemos para poder arreglar esto?, y ¿Podemos vender su coche ya?, muchas gracias

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Tienes que ir al banco que le concedió la hipoteca a tu padre y pedirle un CERTIFICADO DE SALDO CERO, me imagino que te querrán cobrar algo.
Con este certificado hay que ir a una notaria y dar fe que el bien ya no tiene ninguna carga y con esta escritura ir al registro de la propiedad y hacer el LEVANTAMIENTO de la carga, estos trámites no son baratos y en total igual te gastas unos 300 euritos.
Con el coche yo pase un problema parecido, y verdaderamente es un lio, pues para venderlo lo tienes que cambiar de nombre y para ello tienes que ir al prop, trafico y hacienda, estos tramites no suelen ser muy caros peros son farragosos.
Muchas gracias por la respuesta, el problema es que en el banco no me aseguran que me puedan hacer ese certificado por que al ser de hace tantos años no lo tienen en sus ficheros, sin todo eso ¿no se puede seguir adelante con la adjudicación de la herencia?
¿Tengo un tiempo máximo para solucionar estos problemas?
Mil gracias por la información
El Banco si mira en sus ficheros verá que ya no existe deuda, en la nota simple aparece que entidad ha hecho la hipoteca y cuando, sólo decirte que los Bancos tienen la obligación de guardar documentación con firma 16 años, por lo que si quieren podrán ver si a lo largo de estos 16 años atrás ha existido una deuda a nombre de tu padre y saber si en estos momentos existe, y darte el certificado de saldo cero.
Lo que debe de hacer este Banco es solicitar información a sun centro proceso de datos o a sus servicios jurídicos.
Algo que funciona bien para que te atiendan es insinuar al Director del Banco que vas hacer una reclamación al Banco de España, por no darle la información solicitada.
Para hacer la partición hereditaria, efectivamente deben de desaparecer todas las cargas o bien ser conocedoras de ellas, por parte de los herederos, esto casi que no te lo aconsejo pues si algún día quieres vender el bien, el comprador querrá comprar LIBRE DE CARGAS.
Desconozco los plazos, sólo se que las herencias hay que abrirlas como máximo seis mes después del óbito.
Te agradezco mucho la ayuda y la rapidez, la semana que viene iré otra vez al banco y les "amenazaré" con lo del banco de españa, mil gracias!

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