Reparto de Herencia

Hola.
Al fallecimiento de un familiar, nos han comunicado que el piso que poseía nos lo había dejado en herencia a sus 4 sobrinos. Ahora nos entaramos que el piso tiene una hipoteca que sirve de garantía a un préstamo personal de uno de sus sobrinos herederos. La hipoteca esta a 25 años y solo trascurrieron 2 años desde que se hipoteco. ¿En qué situación quedamos el resto de los herederos? ¿Se puede obligar al sobrino de la hipoteca a cancelarla para luego vender la vivienda?
Muchas Gracias

1 respuesta

Respuesta
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Pues le aconsejo que vaya al banco y se informe bien de cómo está el asunto.
Porque tal y como usted lo plantea es imposible.
Eso no existe.
Me explico: Si el piso tiene una hipoteca, ... la hipoteca es un préstamo.
Un préstamo que se da y en garantía se pone la casa.
Por tanto, si la hipoteca es un préstamo, no puede servir de garantía a un préstamo personal de otro.
Jamás se ha visto que un préstamo, o sea, una deuda, sirva de garantía a otra deuda.
Eso no existe.
Pero si que existe que una vivienda sirva de garantía a un préstamo o que sobre ella se pida un préstamo hipotecario.
Son cosas diferentes. Y hay que ver realmente que es lo que firmó su tío.
Mejor se informa de como está la situación, ya que si no, es muy difícil el contestarle correctamente, salvo que le contestara a "la ventura", con gran riesgo de "meter la pata".
Es posible que ese sobrino necesitara dinero.
Y que el familiar, supongo que tío, ya que hablamos de sobrinos, le acompañara al banco, y en el banco le dieron al sobrino un préstamo, con el aval del tío, que era propietario de la casa.
Entonces la deuda es del sobrino.
Pero eso no es posible, porque dice que se deben 23 años. Y ningún banco da un préstamo personal a 25 años.
Por tanto casi seguro que estamos hablando de un préstamo hipotecario.
Que el banco concediera un préstamo a su tío, hipotecando la casa.
Eso ya sería otra historia.
Y como comprenderá, si el banco da un préstamo de ese tipo, el banco entrega al dinero, a su tío, por lo tanto, ya no hace falta hacer ningún préstamo personal para el sobrino, como dice que se ha hecho.
Y si realmente se ha hecho, no es posible garantizarlo con otro préstamo.
En fin, que mejor se informa bien.
Buenos días.
Primero quería agradecerte el interés mostrado.
Cierto es que vamos a ciegas. Al recibir el comunicado que no lectura de testamento. Pedimos una nota simple y nos encontramos con la carga de la hipoteca. Indagando y nunca a través del banco, nos enteramos que este sobrino monto un negocio, compro un local y como el local no era suficiente garantía para el crédito pidió ayuda a mi tío.
La hipoteca la esta pagando este sobrino por lo menos hasta ahora ya que el negocio le va muy mal. La verdad es que no sabemos en que situación estamos, la incertidumbre esta en que si deja de pagar, supongo que el Banco ( la Caixa ) ejecute y encima tengamos gastos por ser los herederos.
En fin de nuevo muchas gracias e indagaremos con el banco.
Pues si.- Algo así me imaginaba.
Me he tirado 35 años trabajando en un banco, ahora estoy jubilado, así que a pesar de los pocos datos, creo que acertaré.
Seguramente a ese sobrino le faltó dinero.
Entonces el tío fallecido pidió un préstamo hipotecario sobre su propia casa a pagar en 25 años y le dio el dinero al sobrino.
La deuda pues realmente es del fallecido y la garantía la casa que ustedes van a heredar.
Y el sobrino, hasta ahora ha estado ingresando dinero en la cuenta todos los meses para cubrir el cargo por la mensualidad de la hipoteca.
Pero ¿Cómo queda ahora la situación? :
Pues que las herencias se aceptan o se rechazan. Ambas cosas pueden hacerse.
Y si se aceptan, se aceptan derechos y obligaciones.
Por tanto, usted como sobrino, acepta la parte de casa que le corresponde y acepta que viene con una deuda y acepta el pago de ella.
"Moralmente" el sobrino beneficiado debería pagar esa deuda,... pero "moralmente".
No se le puede obligar de otra manera, salvo documentos firmados aparte ante notario en los que reconozca la deuda y su compromiso a pagarla.
Porque si quiere puede decir que ese dinero se lo regaló o donó el difunto, y por lo tanto es suyo. Y si no hay un documento de reconocimiento de deuda, nada se puede hacer.
Por eso digo que "moralmente". Y cada persona es diferente.
Por lo demás, está claro que usted tiene razón.
La hipoteca ha de ser pagada mensualmente.
Si se deja de pagar, en dos o tres mensualidades (hay que ver la escritura), la Caixa pasa el préstamo a fallidos, entra en mora, pueden exigir el pago de la totalidad de golpe, y si no se paga, pasa a su asesoría jurídica, se embarga y ustedes pierden la herencia.
O sea, que para ponerse de acuerdo los herederos... poquito tiempo tienen.
Desde luego, lo mejor es indagar en el banco como usted dice.
Pero existe el "secreto bancario" y el banco no les va a decir "ni pío".
Para que les abran las puertas y les den todo tipo de información y extractos de las cuentas, necesitan aportar dos certificados y el testamento en el que se les nombra herederos.
Primero, certificado original de defunción. Con este, se va al ministerio de justicia de su ciudad y piden un "CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES".
En este certificado dice ante que notario y en que fecha hizo testamento.
No tienen más que ir a ese notario y pedir copia del testamento.
Con todo lo dicho demuestran:
1º- que el fallecido ha fallecido.
2º que hizo testamento.
3º- que usted es heredero.
Con todo esto, ya puede averiguar todo.
Las puertas ya están abiertas para usted.
Y para los otros herederos, claro.
Pues nada, un saludo y espero que todo les salga bien.
Si no le quedan más dudas, acuérdese de finalizar la pregunta.
Muchas gracias por la pronta respuesta.
La situación no pinta nada bien y más sin tener la mínima oportunidad de llegar ni si quería al dialogo con el cuarto heredero.
Muchísimas gracias.

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