Hola, vivo en el piso de mi padre y le he estado pagando a mi hermana la parte que acordamos para quedármelo yo. Pensábamos cambiarlo a mi nombre o que mi padre hiciera testamento cuando estuviera pagado. Por desgracia mi padre ha fallecido inesperadamente y ahora no se cual es la forma más barata y simple de poner el piso a mi nombre.Mi padre era viuso y el piso estaba solo a su nombre.
Gracias.
Pues ahora tiene un problema de narices. Mejor dicho, un problemón. No me explico el porqué había que esperar a pagarlo entero para hacer testamento. Una cosa no tiene nada que ver con la otra. Y además, una persona puede hacer cuantos testamentos quiera a lo largo de su vida, y solo cuestan unos 40 euros. Y siempre el nuevo testamento anula al anterior. Ahora hay que aplicar la ley. Si son dos hermanos, la ley dice que heredan los dos al 50%. O sea, que legalmente, la mitad del piso es de su hermana. Y aquí viene ese problemón que le decía. Que ya conozco demasiados casos. Ahora no hay nada escrito ni firmado. Ahora habrá de ser lo que acuerden entre los dos. Ahora depende de lo comprensiva o "legal" que sea su hermana. Espero que tenga los resguardos de todo lo que ha pagado. Y si su hermana quiere, valoran, paga el resto y se queda el piso. Pero si no quiere, a ella le corresponde por Ley la mitad del piso. Y usted habrá de demandarla judicialmente. Y ya eso es como una lotería. Vete tu a saber lo que decidirá el juez. Y ya sabemos que en este país, los juzgados son el "mentidero nacional". Todo el mundo miente. Pocos son honrados y dicen la verdad, porque si todos fuéramos honrados, los juzgados cerrarían por falta de trabajo. Ahora han de conseguir certificado de defunción y certificado de últimas voluntades en el que dice si dejó o no testamento. Estos certificados le son imprescindibles. Los originales. Sin ellos, todas las puertas las van a encontrar cerradas. Si no dejó testamento, como usted dice, han de ir a un notario a hacer la declaración de herederos y el notario hecha esta, les avisará para firmar el cuaderno particional que es la escritura de aceptación y reparto de la herencia. Con ella van a la oficina liquidadora de su comunidad y pagan los impuestos de sucesiones. Tras ello, lleva la escritura al registro de la propiedad e inscribe el piso a su nombre. Todo esto es más o menos fácil y rápido si los dos están de acuerdo y ninguno le pone pegas al otro. Por cierto que hacienda da seis meses de plazo para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo te ponen un recargo y comienzan a correr loes intereses de demora.- Y cada día que pasa se debe un poquito más. No hay que dormirse. Ahora ya ni hay fórmulas más baratas, ni simples. Ahora solo hay una forma. La que le he dicho. No hay más. Un saludo y le deseo que todo le salga bien y su hermana no le ponga problemas.