Herencia

Me gustaría saber cuales son los pasos a seguir después del falleciniento de mi madre para el ortorgamiento de la herencia. Existía testamento y saber cual es el tiempo que tarda todo el tramite.
Gracias.
Respuesta
1
Las herencias son un derecho. No son una obligación.
Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.
Y tanto una cosa como la otra, ha de hacerse ante notario.
Así que comprenderá que mientras no se acepte la herencia ante notario, no se es dueño de nada.
Por cierto, que hacienda da seis meses de plazo tras el fallecimiento de una persona para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo, ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Así que no se duerman.
Esto viene a querer decir, que lo normal, (depende del caso), es que se tarde un par de meses.
Le indico los pasos a seguir, que son totalmente necesarios.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden un "certificado de últimas voluntades", y de paso un certificado de "seguros de vida".
3º- En el de últimas voluntades, les dirá si dejó o no testamento.
Si dejó testamento, van al notario que ponga y le piden copia.
Si no dejó testamento, van a un notario y hacen la declaración de herederos.
Ya con esa declaración o con el testamento, más los dos certificados, pueden ir a los bancos y están obligados a darles información. Y si no saben en qué bancos tenia cuentas, pues van a todos. Uno por uno y preguntan.
Un latazo, pero si no saben los bancos, hay que verlos todos.
Primero, piden certificados de saldos al día del fallecimiento. Y de paso piden extracto de las cuentas de al menos un año antes.
Este extracto, les dará mucha información: Si recibía intereses por tener una cuenta a plazo, si recibía dividendos por tener acciones, si pagaba un seguro de vida, si aportaba para un plan de pensiones, los recibos que pagaba de IBIs, o de luz... Agua... En fin, mucha información.
Y ya cuando tengan todo, podrán ir de nuevo al notario a firmar el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y reparto de herencia.
Tras el fallecimiento hay que dejar pasar 15 días hábiles para ir a pedir el certificado de últimas voluntades, que viene a tardar un máximo de otros 15 días. A veces, solo dos o tres.
Ya después, lo que tarde en recopilar los datos para la aceptación, ya que debe incluir todo en la escritura.
Lo que no incluya no lo acepta, y le dará problemas. Y tendrá que volver a hacer escrituras el día de mañana.
En resumen y contestando a su pregunta, que si no se duerme, en un par de meses lo tiene todo listo.
Si necesita alguna aclaración más, no dude en planteármela.
Una cosita más, mi madre lo tenia todo en usufructo ya que era viduda. ¿Esto agiliza los tramites?, no podemos los hijos de disponer del dinero (¿todo o parte) que hay en los bancos?
Gracias
Verá. Un pequeño detalle hace variar en mucho las contestaciones.
Y si no dice desde el principio la situación real, estaremos dando palos de ciego continuamente.
Si su madre lo tenía en usufructo, no era propietaria, y el usufructo no se deja en herencia.
El usufructo desaparece y deja de existir, justo en el momento en el que el usufructuario fallece.
Osea, que ya no hay usufructo.
Y eso de que tenía todo en usufructo, ya que era viuda... pues hay que cogerlo con "pinzas".
Me extraña bastante que eso fuera así.
Si tenía en usufructo porque era viuda, será porque su marido había fallecido antes.
Y eso no me lo ha dicho. Tengo que andar imaginando cosas.
Lo mismo que imagino que su marido ya falleció antes, imagino que estarían casados en gananciales, (que tampoco me lo dice), y si tenían propiedades (que tampoco lo dice), la mitad de cada cosa era del marido y la mitad de la esposa.
Por tanto, si ella no era dueña de nada (como parece dar a entender), ya que el usufructo no es propiedad, sino solamente derecho de goce y disfrute, pero no propiedad, y dice que todo lo tenía en usufructo, el tema es muy sencillo, ya que con el certificado de defunción es suficiente.
Pero Cuando murió su padre ¿Aceptaron su herencia ante notario? Porque tampoco dice nada de eso.
Y su padre ¿falleció dejando testamento?, porque tampoco dice nada.
Porque los herederos, si no de todo lo de su padre, si como poco del 66,66%, son los hijos.
Los hijos son los dueños y la esposa la usufructuaria.
En fin, que tengo que andar imaginando cosas, y la verdad, que sin datos exactos es imposible cubrir las múltiples posibilidades que hay en una herencia.
Porque si había un piso en gananciales, su madre seria dueña del 50% de ese piso, y podía ser (dependiendo del testamento de su padre), que fuera usufructuaria del otro 50%.
Y ahora, al fallecer su madre, han de aceptar su herencia, de su 50% y el usufructo del resto ha desaparecido.
Pero todo esto, es imaginar, por imaginar.
Repito, sin datos exactos de la situación real, le puedo aconsejar, pero con grave riesgo de meter la pata.
>Porque aquí hay que ver las realidades, no imaginar cosas.
¿El dinero de los bancos? Pues legalmente, los bancos están obligados a bloquear los saldos hasta que se les presente la escritura de aceptación de herencia (Notarial).
Y según diga la escritura notarial, reparten el dinero entre los herederos.
Pero si como dice, su madre lo tenia todo en usufructo (Cosa que yo dudo bastante), ya ha quedado libre. Y con apportar el certificado de defunción al notario, junto con el testamento que dice que hay, les arreglará el tema. Y ya le he comentado antes que eso son pocos días. Teniendo los certificados que le mencioné y el testamento, en menos de una semana están listos.
Pero después, (que tampoco me lo dice), las cuentas de los bancos, ¿estaban solamente a nombre de su madre o a nombre de alguien más?.
Eso hace variar mucho las cosas, tanto de reparto, como de pago de impuestos, como de facilidad para acceder a los saldos.
En fin, otro dato más, que si no me lo comentan no puedo orientarles correctamente.
Le repito lo de antes. Un pequeño dato, puede hacer variar totalmente la contestación.
Un saludo y si me exponen la situación con datos reales, podré orientarles con seguridad.
Y si no va a añadir nada más, le ruego que finalice la pregunta.

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