Disputa en herencia

Son 4 hermanos que han aceptado la herencia (sin testamento) y han heredado una casa (2ª residencia) en la cual vive (fines de semana y verano y navidad) desde hace años uno de los hermanos, el cual se ha encargado hasta ahora de gastos, mantenimiento, etc...
Se ha hecho una valoración pues este hermano quiere comprar la casa a los otros 3 hermanos. Una vez encima de la mesa uno de los hermanos no conforme con la herencia (otros hermanos tienen bienes heredados a su nombre), dice que quiere otra valoración y que si no le gusta va a pedir por su parte de la casa lo que el cree que es la cuarta parte de la herencia total incluidas las propiedades a las que no tiene derecho legalmente pues están a nombre de los otros hermanos.
Mi pregunta es: El hermano que vive en la casa desde hace años ¿puede declararse inquilino habitual por contrato verbal y en su caso prohibir la entrada al hermano que está en desacuerdo con todo? ¿Hay alguna manera de poner esto (inquilino habitual) por escrito en un notario o abogado?

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¿Me puedes concretar la comunidad autónoma? En algunas hay reglas especiales
Perdona, la comunidad autónoma es Cataluña, y mi pregunta es si el inquilino habitual, uno de los hermanos (sin contrato escrito) tiene derechos añadidos.
Gracias
En vuestro caso lo que hay es una comunidad de bienes, el código civil catlán contiene una regla especial según la cual: El objeto de la comunidad, si es indivisible, o desmerece notablemente al dividirse, o es una colección que integra el patrimonio artístico, bibliográfico o documental, se adjudica al cotitular o la cotitular que tenga interés en el mismo. Si existen más de uno, al que tenga la participación mayor. En caso de interés y participación iguales, decide la suerte. El adjudicatario o adjudicataria debe pagar a los demás el valor pericial de su participación, que en ningún caso tiene la consideración de precio ni de exceso de adjudicación. Si ningún cotitular tiene interés, se vende y se reparte el precio
Podría invocar ese interés para que se le adjudique, pudiendo adquirir las partes de los otros dos hermanos
El valor que tiene que pagar al que no está de acuerdo puede convenirse mediante perito solicitado al juez
Muchas gracias por la respuesta, me esta siendo muy útil.
Si no entiendo mal lo que debería hacer es comprar la parte de los dos hermanos que están de acuerdo, de esta manera tengo una participación mayor y el hermano en desacuerdo tendría que vender a la fuerza. ¿Es eso?
A parte, si se llega a una acuerdo entre las dos peritaciones, solucionado, pero si el hermano sigue insistiendo en que es poco, ¿qué se hace? ¿Se tiene que demandarle ante un juez para que perite el?
Gracias
Efectivamente, comprando esas dos partes, tendrá una participación mayor y podrá pedir la adjudicación del bien (es una regla diferente al que rige en el derecho común)
Si no está de acuerdo se puede solicitar del juez la división y adjudicación de la cosa, solicitando un peritaje judicial (realizado por perito designado por el juez) que determine su valor
También podéis firmar un compromiso antes de hacer el peritaje privado comprometiéndoos a respetar los resultados del mismo, así ninguno podrá echarse atrás y os ahorráis acudir a la vía judicial
El compromiso ¿es privado o ante abogado/notario?
Muchísimas gracias ahora le puntúo
Un compromiso privado sometiéndose al dictamen de un perito puede servir, pues es generador de obligaciones, si queréis lo podéis hacer ante notario, que tampoco os va a costar mucho y que tiene muchas más fuerza

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