Duda sobre división de propiedad.

Quisiera saber de que forma se puede realizar la división de un inmueble a pesar de que uno de los copropietarios se niegue a realizar dicha división. ¿Cómo es el procedimiento?

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Pues el procedimiento es malo. Muy malo.
La ley ampara a cualquiera de los copropietarios (o coherederos), a solicitar judicialmente la "división de la cosa común".
Código Civil: Artículo 1051: "ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre disposición y administración de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la partición de la herencia".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero". "pero bastará conque uno solo de los coherederos pida su venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Osea: Que nadie puede quitar a otro el derecho a disponer de su herencia. Y si se niega, hay que demandarle judicialmente.
Por supuesto, que esto conlleva un par de años, contratar abogados, procuradores, peritos, tasadores y costas judiciales. Osea, que a cada uno le cuesta un par de milloncitos, mínimo.
¿Y para qué? Pues si no han llegado a un acuerdo en privado, menos lo van a conseguir en un juzgado, donde los jueces no están para ver "tiras y aflojas", "regateos", negociaciones... los jueces, ordenan la venta del piso en pública subasta y el dinero que se obtenga lo reparten entre los coherederos.
Osea, una malísima solución. Con lo fácil que es acordar el precio, y que se lo adjudique uno o se vende a un extraño.
Pero si no hay acuerdo, pues por abreviar y ahorar, se recurre al artículo 1062.
Lógicamente en la subasta apenas se obtiene un 60% del valor del piso, osea, que sumando los gastos..., todos pierden un pastón.
Así que lo mejor es que se sienten y razonen, porque uno solo puede demandar a los demás y pedir la división de la herencia y los gastos resultan los mismos para demandante que para demandado. Unos milloncejos a cada uno.
Un abogado les va a aconsejar demandar.
Yo les aconsejo que sean razonables y negocien el tema. Porque si no, la que se les viene encima es de lo más peliagudo.
Muchas gracias por tu extensa contestación. Es un tema bastante peliaguado el que se nos presenta porque la persona en cuestión se niega a negociar. Así que "vamos apañados"por lo que me dices. En cualquier caso me ha servido de gran ayuda tantas referencias en la que me has expuesto el caso.
Un saludo cordial.

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