Dudas elementales

Sr:
Agradezco su atención
Mi mujer tiene un piso heredado, unicamente a su nombre, casados en separación de bienes, y no es vivienda habitual, tenemos dos hijas.
Quisiera preguntar:
Cuando ella fallezca. (Tenemos testamentos, "lo de uno para el otro") si no cambiamos, las hijas tendrán la legitima, 1/3; yo el tercio de libre disposición, ¿y el tercio de mejora, solo es hacia los hijas?... En este caso ¿yo tendré por ley el usufructo del tercio de mejora?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Tal como lo expone, es correcto.
Las hijas heredan por ley, mínimo la legitima, que son dos tercios de la herencia.
El tercio de libre disposición lo puede heredar usted.
Pero además, como cónyuge viudo, tiene derecho al usufructo del tercio de mejora, (que es uno de los dos tercios de la legítima).
Lo dicho.
Está usted en lo cierto y el reparto quedará tal y como dice.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas