Reparto piso entre hermanos

Mis padres me han dejado en herencia su casa, pero tengo que dar a mis hermanos su parte correspondiente. Somos 4, pues una cuarta parte a cada uno.

La ilusión de mis padres era no vender la casa familiar, por eso en el testamento me la dejaron a mi, con la condición de dar a mis hermanos su parte proporcional, pero para quedarme con ella debería vender mi casa particular, y no me llega para pagarles su parte.

No me quiero volver a hipotecar( ya page mi piso), para pagarles con la venta de mi casa mas la hipoteca que pidiese.

¿Qué hago? No me queda otra que desprenderme de la casa de mis padres, para dar la parte correspondiente a mis hermanos. ¿Soy yo la responsable de esa venta? ¿Soy yo quien decide por cuanto se vende y cuando o es el notario quien decide el importe?

¿Tengo fecha tope?

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Lo mejor en este caso es llegar a un acuerdo con sus hermanos. Un acuerdo entre ustedes.

Si no hay acuerdo, se enfrenta a una situación muy difícil y costosa, ya que todo heredero tiene derecho a recibir y disfrutar de su herencia.

Si hay testamentos con las condiciones que usted dice, habrán de is a un notario a aceptar la herencia. Si antes han llegado a un acuerdo, mejor.

Pero tenga en cuenta que la cvaloración de la casa a efectos de herencia nola fija el notario.

Elvalor viene en el recibos del IBI, en que le pone el valor catastral. Y ese es el valor, multilicado por una cantidad q

Perdón, se cortó.

Sigo:

Multiplicado por una cantidad que depende de cada ciudad.

Este valor real y ese multiplicador, se lo dirán en la oficina liquidadoda de la comunidad autónoma,.

Este multiplicador según la actualización del catastro y la ciudad, viene a oscilar entre el 1,8 y el 2,3.

Si usted no puede pagar la parte que acuerde consus hermanos, ellos tienen la posibilidad de demandarle a usted judicialmente.

Eso origina normalmente rompimiento de relaciones familiares, incluso odios de por vida, aparte de muchos gastos y con un final ya "cantado".

El juez ordena la venta en pública subasta de la vivienda ya que tiene que respetar los derechos de cada uno de los herederos, a recibir su herencia.

Lógicamente, es una malísima solución, ya que en subasta nunca se saca el dinero real de la casa.

Luego el juez le da a cada cual su parte.

Al no ser una subasta por deudas dinerarias o por embargos, ustedes, los herederos, (tras la aceptación de la herencia), pueden acudir a la subasta y pujar para subir el precio.

Quien haga la mayor puja es la que se queda el piso.

Luego tiene 20 días para hacer el ingreso en la cuenta del juzgado.

Respecto a pedir usted una hipoteca para pagar, eso consúltelo con el banco, porque las cosas están ahora muy difíciles y es muy raro que el banco conceda una hipoteca para un piso que ellos no venden. (Los bancos se han quedado con muchos pisos y están locos por venderlos).

Respecto a fecha, le diré que la Ley marca seis meses de plazo para pagar los impuestos de sucesiones, tras el fallecimiento.

Pasado el plazo, le ponen recargo, y comienzan a correr los intereses de demora.

Posteriormente (tras uno o dos años) sin pagar los impuestos, les ponen una multa por defraudación. (Multas que son altitas).

En fin, que lleguen a un acuerdo y acepten ante notario la herencia y pongan el piso a la venta.

Es lo más sensato y barato. Todos de acuerdo y unidos.

Demandas, subastas... etc... es lo peor de todo y lo más caro.

Al final, con mucha suerte apenas van a recibir menos de la mitad que si llegan a un acuerdo.

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