Compensaciones tras divorcio con separación de bienes

Me estoy planteando la posibilidad de casarme con un divorciado cuyos ingresos son semejantes a los míos (poco más de 1.800 euros/mes). Él ha de abonar algo más de 700 euros mensuales en concepto de pensión alimenticia por su hijo menor (tiene otros dos mayores) y mitad de la hipoteca que comparte con su mujer, las dos casos, que comparte con su mujer en la sociedad de gananciales aún no liquidad, están destinadas a uso y disfrute de ella y los hijos. Tienen pensado que dichas propiedades sean las viviendas habituales de los hijos cuando ambos fallezcan. Yo soy soltera, sin hijos, y propietaria de dos viviendas: una, ya pagada, en la playa; la otra, con hipoteca, es la habitual. Viviríamos en esta vivienda mía de la que aún he de pagar cerca de 73.000 euros en 14 años. Pienso que sería prudente por mi parte establecer un régimen económico de separación de bienes para evitar problemas en el futuro, tanto si nuestra vida en común resultara bien (posibles derechos
de herencia de sus hijos sobre mis propiedades), como si sale mal. Si tuviéramos que divorciarnos en el futuro, ¿qué derechos tendría él sobre mis propiedades o ingreso en el caso de que nos hubiéramos casado en régimen de separación de bienes? ¿Y si sólo fuéramos pareja de hecho, sería también conveniente firmar ante notario un régimen económico de separación de bienes?

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Desde luego te conviene en todos los casos realizar una separación de bienes ante notario de los presentes y futuros, así como una clausula de no intervencion/interferencia futura de uno u otro sobre las propiedades que tengáis cada uno.
Hola, JANV, me estoy planteando la posibilidad de casarme
con un divorciado cuyos ingresos son semejantes a los míos (poco más de 1.800
euros/mes). Él ha de abonar algo más de 700 euros mensuales en concepto de
pensión alimenticia por su hijo menor (tiene otros dos mayores) y mitad de la
hipoteca que comparte con su mujer, las dos casos, que comparte con su mujer en
la sociedad de gananciales aún no liquidad, están destinadas a uso y disfrute
de ella y los hijos. Tienen pensado que dichas propiedades sean las viviendas
habituales de los hijos cuando ambos fallezcan. Yo soy soltera, sin hijos, y
propietaria de dos viviendas: una, ya pagada, en la playa; la otra, con
hipoteca, es la habitual. Viviríamos en esta vivienda mía de la que aún he de
pagar cerca de 73.000 euros en 14 años. Pienso que sería prudente por mi parte
establecer un régimen económico de separación de bienes para evitar problemas
en el futuro, tanto si nuestra vida en común resultara bien (posibles derechos
de herencia de sus hijos sobre mis propiedades), como si sale mal. Si tuviéramos
que divorciarnos en el futuro, ¿qué derechos tendría él sobre mis propiedades o
ingreso en el caso de que nos hubiéramos casado en régimen de separación de
bienes? ¿Y si sólo fuéramos pareja de hecho, sería también conveniente firmar
ante notario un régimen económico de separación de bienes? Muchas gracias.
Le agradezco tanto la respuesta como la rapidez con que lo ha hecho. No obstante, me permito plantearle una nueva duda respecto a la separación de bienes: ¿Sería conveniente que fijásemos en ese documento notarial la cuantía (o el porcentaje de nuestros ingresos) que aportaríamos al sostenimiento del hogar común? Como le expliqué en la primera pregunta, viviríamos en mi casa y veranearíamos también en mi casa de verano. Él dice que no le parece bien por su parte sólo pagar a medias las facturas, sin hacer ninguna aportación por el uso de la casa y los enseres domésticos, así como por el deterioro que sufrirían por el mismo. ¿Incluiríamos estos términos en alguna cláusula?
Muchísimas gracias.
Lo que pretendes hacer no es solo una simple separación de bienes, se trata de un acuerdo prematrimonial que aunque no es frecuente si es legal siempre que cumpla con la legislación actual, para ello consulta a un abogado especializado en la materia que os asesore y os indique los limites legales de forma clara ya que por ej. lo que dices de los ingresos son valores variables en la vida, los gastos sobre las cargas comunes también lo serian, sin embargo asuntos como por ej. la prestación de alimentos y ayuda entre familiares tiene obligaciones y restricciones legales.
Por lo tanto, te aconsejo que acudas a un buen abogado matrimonialista que te asesore a fondo y que redacte el documento

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