¿Qué es la pensión compensatoria?

Soy la misma de ayer (casa en el divorcio). Me gustaría saber que es lo de la pensión compensatoria. Mi marido cobra 1.200 euros declarados. Ya que el tiene una empresa de maquinaria agrícola. Y el cobra dinero no declarado y al final de año se reparten los beneficios. La empresa es de su padre, madre, su hermana y él. El me esta dando 600 euros para mis hijos. Y si el abogado es amigo suyo.

1 respuesta

Respuesta
1
La pensión compensatoria es una pensión que se da en ocasiones contadas a la mujer cuando se llevan muchos años de matrimonio en los que ella no ha trabajado, y en compensación por el tiempo dedicado durante esos años a la casa y a la familia.
Esta pensión puede ser una mensualidad, o bien una cantidad a tanto alzado.
Creo que tenías 40 años, y no has trabajado desde que tienes hijos, pues bien podías pedir una cantidad, pero estando en edad de trabajar y siendo aún joven, lo más probable es que no te la concedan.
Además si te pasa 600 euros (no se cuantos hijos tienes), sería una cantidad más que aceptable para por ejemplo 2 hijos, con el sueldo declarado de 1200 de tu marido, en la que entiendo yo que se encontraría incluida la pensión compensatoria, ya que en realidad por ley lo que te debería dar sería una cantidad del 22,7% de esos 1200 euros si tienes un hijo, un 1'45% más si tienes 2, y un 1'65% más si tienes 3 o más hijos.
Por eso entiendo que esa cantidad es más que ajustada y sería con la que te tienes que conformar.
Además, si tu te quedas los hijos, y como te dije no tenéis más propiedades, deberías permanecer tu en el piso, así que explicale al abogado de tu marido, que el piso se debe quedar en favor de los hijos y el cónyuge en cuya compañía queden.
Si llegáis a un acuerdo en el que se quede el piso él, este sería aprobado por el tribunal, pero si tu solicitas quedarte con tus hijos, y con el uso del piso por no tener otro sitio para vivir y haber sido vivienda conyugal varios años, el juez te tendrá que dar a ti el uso del mismo, o sea, que no te engañe el abogado de tu marido.
Tu respuesta ha sido de gran ayuda pero tengo otra, mis hijos que son dos tienen 13 y 8 años. Ya son hombretones (no niños). De esos 600 euros pago la luz, el agua, el teléfono, la comunidad y la comida de los tres. Creo que no llego ni al día 15 del mes. ¿Es lógico?. Yo se que me ha dicho mi marido que si trabajo ya no me paga los 600 euros sino 300. ¿Es verdad?.
Si tus hijos tienen esa edad, te vas a quedar tu con ellos seguro, y con la casa también, así que no deberías preocuparte, pero que no te lie el abogado de tu marido.
Entiendo que tu marido vive fuera de la casa, o por lo menos come fuera de ella. Decirte que ese dinero de pensión de alimentos debe ir destinado a los alimentos de los hijos no a los tuyos, aunque al ser tus hijos menores lo puedes administrar como te venga en gana.
El tema de solicitar una pensión compensatoria es complicado ya que tu marido dirá que estas en edad de trabajar y por lo tanto no te corresponde, además esta pensión se suele dar a matrimonios más mayores, de 50 para arriba.
Por otro lado decirte que la pensión que te correspondería por ley con dos hijos y con lo que cobra tu marido sería de 395 euros, con lo que la que te está pasando actualmente, es elevada de acuerdo con la ley.
Por otro lado trabajes o no el puede solicitar que la pensión que se te dé sea de 395 euros aproximadamente, no menos, con lo que cuando terminéis con esto, independientemente de que trabajes o no deberá pagar la pensión que fije el juez en sentencia o la que de mutuo acuerdo pactéis.
Por otro lado decirte que los gastos extraordinarios de los hijos tales como dentista, médico privado, viajes extraescolares, etc, se deben de pagar por ambos al 50%.
Además respecto de los gastos que me dices que pagas, si el ya no vive en la vivienda, entiendo que deberías pagarlos tu porque son de tu uso, excepto los gastos de comunidad ya que al ser él el propietario, sería quien los debería pagar. Si aún vivís los dos en la vivienda, todos esos gastos deberían ser al 50% entre los dos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas