¿Puedo cobrar el sueldo de encargada estando ésta de excedencia?

Hola, quería saber si tengo derecho a cobrar el salario de encargada, puesto que llevo realizando sus funciones desde diciembre de 2011, cuando la encargada dejó de trabajar por excedencia.

Un saludo. Gracias.

Respuesta
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En principio tu salario irá en función del puesto que figure en tu contrato y según tu convenio. Si en 2011 has cambiado tus funciones laborales la empresa debería haberte hecho un nuevo contrato con tu nuevo puesto y remuneración. Desde luego si ocupas ese puesto y desarrollas las mismas funciones y responsabilidades tendrías derecho a la remuneración correspondiente.

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