¿Qué plazo hay para darse baja por subida tarifas?

El 5 de noviembre me di de baja de Adeslas tras haber recibido una carta de la compañía anunciando una subida de tarifas fechada el 29 de octubre en el sobre y octubre a secas en la carta. En la carta decía que según el artículo 20 de la Ley de Seguros tenía derecho a oponerme a la subida de tarifas. Habré leído la carta el 30 de octubre (viernes) o el 2 de noviembre (lunes). Conservo esta carta y su sobre. El justificante de baja que me dieron está sellada por Adeslas. La semana pasada me llegó una carta de Adeslas reclamando el pago de las primas de 2010 por 550, 80 euros. Ya les he mandado el fax con el justificante y no quieren decirme si lo han recibido o no. Me gustaría inviarles una carta certificada con acuse de recibo, pero no sé la dirección a la que tengo que mandarla. De todos modos, con esa carta de aviso de aumento de tarifas ¿no se supone que hay un plazo para realizar las gestiones de baja?

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Según me indica, dispone del justificante de baja, sellado por Adeslas, ¿verdad? Luego esté tranquilo. El plazo para comunicar la no renovación del seguro es de dos meses, según el artículo 22 de la Ley del Seguro. Y de no haberlo hecho Ud. en ese plazo, no le habrían dado dicho justificante.
      Quizá el cargo en su cuenta, casi 5 meses después, se deba a un malentendido o una mala coordinación entre departamentos. Si tiene el reporte del envío por fax, despreocúpese. Si Adeslas cree que ha existido una irregularidad, que sean ellos los que se muevan. Ud., en cambio, tiene la tranquilidad que le da su justificante por escrito, ante cualquier posible reclamación posterior.
      Ahora bien, si ni aún así se queda Ud. tranquilo, le explico cómo proceder si quiere tener todas las garantías.
      1º Una carta certificada, con acuse de recibo, sólo acredita que el documento ha llegado a Adeslas, pero en esa carta, puede haber Ud. mandado una felicitación navideña, una carta de agradecimiento o su justificante.
       2º En cambio, si envía un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, tendrá la certeza, no sólo de que ha llegado al destinatario, sino también del contenido de la comunicación enviada. Y por supuesto, tiene plena validez legal, incluso ante un juez, pues le proporciona una copia autentificada del contenido de los documentos que Ud. ha enviado.
Se me olvidaba: las fecha a las que me refiero son el 29 de octubre y 5 de noviembre de 2009 (fecha de la baja).
Muchas gracias. En la carta de subida de tarifas venía el artículo 22 de la Ley de seguros y no el artículo 20 como había puesto yo. De todos modos vamos a ir mi padre y yo mañana a la oficina de Adeslas de Príncipe de Vergara para preguntar si han recibido el fax y solucionar el problema de una vez por todas.

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