Autorización para cuenta bancaria persona impedida

Mi abuela, de 95 años, está en una residencia de anciainos, impedida y no se puede desplazar. Hasta ahora el autorizado para sus cuentas bancarias y realizar pagos era mi padre, pero mi padre ha fallecido y no sé que pasos tengo que seguir para que mi abuela me pueda autorizar a hacer pagos. El próximo mes van a hacer un arreglo en la fachada de su casa y si no soluciono esto, tendría que poner el dinero yo y es una cantidad bastante elevada que ahora mismo no me puedo permitir.
Cuento con un problema extra y es que mi abuela no sabe que mi padre ha fallecido, ya que dada su edad y su salud, no hemos querido dardecírselo para no disgustarla.
Si alguien pudiera orientarme un poco, quedaría muy agradecida.

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La verdad es que la situación es un poco complicada, ya que las tes posibilidades no son sencillas.
- La primera opción es que ella firme un documento de autorización del banco. En este caso desde el banco os exigirán que ella esté delante para firmar lo que complica la cosa (otra opción sería que fueran del banco al asilo a recogerle la firma pero salvo que tengas muchísima confianza con ellos no creo que te lo hagan).
- La segunda opción es que ella te haga un poder. En este caso deberíais ir a u notario o el notario ir al asilo. Los notarios en ocasiones se desplazan al lugar que sea por diferentes motivos como estar enfermo. Os cobraría por el desplazamiento pero quizás el problema sería que tu abuela preguntaría el porque no lo hace tu padre.
- La tercera opción es todavía más complicada. Se trataría de solicitar la incapacidad judicial de tu abuela. En caso de que ella no tuviera capacidad mental para regirse correctamente un juez podría declararte a ti (u a otro familiar) como tutor legal. En ese caso podrías disponer del dinero. Como comprenderás esta es una opción lenta y costosa y solo en el caso de que ella tuviera alzheimer o algo parecido.
Como parche, y para salir temporalmente del problema, podrías pedirle a la empresa que os hace la reparación de la fachada que os cobrara a través de girar un recibo a la cuenta de tu abuela. Si el recibo viene a su nombre el banco atenderá el pago. Técnicamente ella debería firmar un papel a la empresa autorizando ese método de pago, pero si se lo explicas seguramente que lo entenderán.

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