Doble imposición internacional.

Es posible que me desplace a trabajar a la Rep. De Irlanda y tengo varias dudas.
Voy a trabajar en un régimen comparable al de autónomo español, voy a estar por un periodo superior a dos años, supongo que debo tributar allí, pero ¿qué pasa con los impuestos aquí? ¿Hay alguna forma de computar el tiempo trabajado fuera de España?
¿Puede darme alguna referencia bibliográfica donde poder ver por ejemplo, convenios de doble imposición?
Muchas gracias por su ayuda

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En la web de la Agencia Tributaria (www.aeat.es), en la sección de No Residentes, entra en el apartado de Tributación de No residentes y desde allí podrás acceder a la lista de convenios para evitar la doble imposición que tiene firmados España con los diferentes países (entre ellos Irlanda).
Si necesitas más información no dudes en contactarme.

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