Reclamación tribunal económico-administrativo?

La agencia tributaria me reclama una cantidad por intereses de demora en la declaración de irpf del año pasado. Creo que es un error y voy a reclamar.

Aparte del recurso de reposición a la AEAT me dan otra opción más que es la de reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía.

¿Qué diferencia hay entre reclamar a la AEAT o al Tribunal, para que yo vea cuál de las dos cosas me interesa más? Me refiero a si alguno es más problemático, al tiempo de resolución, tipo de reclamaciones que atienden uno y otro preferentemente, etc

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Como bien expones, existen 2 vías de recurso:

- Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la liquidación (la propia Agencia Tributaria)

- Reclamación ante el Tribunal económico-administrativo, que es un órgano independiente.

Ningún recurso tiene coste económico. El recurso de reposición suele ser utilizado para temas que estén más "claros", ya que el recurso lo resuelve el mismo órgano que ha dictado la liquidación, por lo que su criterio va a ser difícil de modificar. Por contra, el Tribunal económico-administrativa es un órgano independiente, y podríamos decir que más imparcial. El recurso de reposición es más rápido (se supone que en un mes resuelven, aunque se puede alargar más), mientras que resolución de una reclamación ante el tribunal puede llevar más de un año. Si lo necesita, podemos revisar la liquidación recibida e incluso preparar un recurso/reclamación. Póngase en contacto con nosotros, saludos,

www.asesorum.es/fiscal

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