Hay que ingresar el IVA recuperado en la CEE.

Transportista de mercancías que estaba acogido al sistema de módulos y por tanto al IVA Simplificado. Cuando echaba gasoil en Italia pagaba el IVA y posteriormente hacía la solicitud de devolución de ese IVA y lo recuperaba. Este IVA que recuperaba debía declararlo ya que INCREMENTABA LA CUOTA MÍNIMA. El tema viene porque se ha dado de baja el 31-12-2011 por cese de actividad y en el año 2012 ha recibido 1200 euros como recuperación de parte del IVA del gasoil consumido en 2011 y Hacienda se lo reclama. La pregunta es, ¿estando de baja debe ingresar ese IVA que le devuelven en el 2012?.
Gracias de antemano y perdón por lo extenso en la pregunta.

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Pese a que la devolución se produce en 2012, viene referida a devoluciones solicitadas en el ejercicio 2011 por su actividad de transportista ese año.,

La AEAT le reclama un IVA del 2011, aunque su devolución se produjese en 2012. Parece correcta la actuación de la AEAT.

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