¿Tengo derecho a reclamar al ayuntamiento de mi localidad el icio y la fianza por residuos?

Le planteo mi problema, tengo un solar de mi propiedad con un proyecto hecho por el arquitecto, solicite la licencia de obras al ayuntamiento de mi localidad y me la concedió sobre el 2012, para ello page el ICIO (impuesto sobre construcciones y obras) y una fianza del 2% del valor del proyecto por los residuos de construcción. Ahora me es imposible ejecutar el proyecto por por problemas económicos y me ha ofrecido un particular cambiar mi parcela por un piso de su propiedad. ¿Qué puedo hacer para perder el menor dinero posible al cambiar el solar por el piso? 1-¿Le valdría el proyecto que me hizo el arquitecto a mi? Creo que no, porque el mio era para una vivienda unifamiliar y el quiere hacer un aparcamiento para sus vehiculos. 2-¿Puedo pedir el dinero que di para la licencia de obras al ayuntamiento? Una vez que no voy a realizar el proyecto al vender el solar, puedo reclamar el dinero del ICIO y la fianza por los residios, es que estamos hablando de un importe de mas de 4000 euros. Es aqui donde me asaltan un par de dudas, la primera es que tengo una cocinilla ya construida que viene en el proyecto como cocinilla ya existente, por lo tanto alomejor no puedo reclamar el dinero al haber hecho ya la cocinilla, la segunda, es que si al nuevo propietario no le valiera el proyecto ¿le valdría la licencia de obras para ralizar los aparcamientos? Espero haberme explicado lo suficientemente claro en mis dudas y le doy las gracias de antemano por su inestimable ayuda.

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1.- No parece que la obra que pretende su permutante tenga nada que ver con la que vd encargó al arquitecto.

2.- El ICIO es un impuesto municipal que se rige por la ordenanza especifica de cada ayuntamiento, en la de zaragoza se permite la solicitud de devolución en determinados casos como podría ser el suyo, como ingreso indebido al no haberse efectuado las obras y no irse a efectuar.

3) Si vd solicita la devolución por el motivo anterior su licencia de obras quedará cancelada.

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pues gracias por su respuesta ante todo,de la cual extraigo unas cuantas conclusiones.... 1-El proyecto quedaría inútil ya que el permutante no realizaría el mismo tipo de obra que yo tenia pensado de realizar en el solar. 2-Para saber si me devuelven el ICIO y la fianza debo preguntar en el ayuntamiento que tipo de ordenanza municipal existe para poder solicitar la devolución del dinero .3-Esta me queda muy clara Lo del contrato es lo que dudo,he visitado su blog y no encuentro el tema de las permutas,se haría un contrato de permuta de bienes inmuebles en el cual,¿ los gastos de notaria correrían por ambas partes? o ¿cada uno pagaría lo que vale escriturar su nueva adquisición? estoy hecho un mar de dudas en estos casos Don pedro,le agradecería su ayuda,un saludo.

En mi blog tiene un articulo dedicado a la permuta, ponga permuta en el buscador del blog.

Precisamente la permuta a mi juicio lo único que supone es que en vez de dos escrituras se hace una sola, por lo tanto deberían pedir presupuesto en la Notaria y acordar como distribuyen su pago

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