Tasas aplicadas en escocia

Ahora mismo me encuentro en escocia esperando volver en 2 semanas a spain.
Tengo un problemilla acerca de unas tasas llamadas council tax( agua, basura..)que el gobierno nos reclama a los 4 habitantes del piso. Asciende a 630 pounds. Hemos conocido de la existencia de dichas tasas ahora y es una cantidad a desembolsar enorme.
Nosotros estamos viviendo en un piso alquilado por agencia la cual tiene 650 pounds de deposito nuestro. Hemos pensado en que ellos se queden con tal deposito para pagar dichas tasas pero en el contrato leímos ahora que no utilizaran dicho dinero para pagar facturas de luz ni nada, osea que se van a quedar con el deposito y nos harán pagar 630 pounds.
Que me puedes proponer que hagamos. ¿Crees qué si no pagamos las tasas estas nos las reklamaran en spain?
Ellos tienen en su poder la firma y dni de un avalista nuestro en spain...
Aconséjame algo

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En primer lugar, decirte que es conocido que en U.K. tienes unos impuestos locales muy fuertes, y en muchos casos no son progresivos (una reforma en ese sentido, pagar a tanto por cabeza le costó muchos votos a la Dama de Hierro), y desde luego creo que el ayuntamiento tratará de cobraros de todas las formas posibles, entre ellas librando una orden de embargo a la Hacienda española.
Buenos vamos por partes, no conozco la legislación tributaria del Reino Unido, pero en primer lugar ver si esos impuestos están girados a los habitantes de la casa o al propietario, si son tibutos personales, es decir que el sujeto pasivo es el individuo que habita la vivienda, y el devengo del tributo es por habitar en ella, lo tenéis que pagar vosotros, si el tributo se devenga por ser titular de una vivienda se liquida contra el propietario, y ahí hay que ver el contrato de arrendamiento, si no dice nada lo tiene que pagar el propietario-arrendador, pero si indica que se repercute al inquilino, lo tenéis que pagar vosotros, a no ser que esa repercusión sea ilegal, es decir que la ley de arrendamientos lo prohíba.
Respecto del depósito, se trata de lo que aquí llamamos la fianza en los arrendamientos, como es un depósito el arrendador lo tiene que devolver si no se han producido desperfectos en la vivienda, si se han producido desperfectos tiene que devolver la cantidad que sobre de arreglarlos. En la legislación española tiene un mes para devolverlo (bueno realmente tiene todo el que necesite, a partir del mes corres intereses). Puede ocurrir también que el contrato fuera por un periodo determinado y si no cumplís con el contrato se quede con el depósito.
Supongamos que no estáis de acuerdo con el arrendador sobre si tiene que devolveros el dinero o no. Pues podéis ir a juicio, lo malo es que el juicio sería en los tribunales de allí. Existen convenios internacionales sobre jurisdicción, y cuando se trata de alquileres, el tribunal competente es el del lugar del inmueble, salvo que se trate de arrendamiento de apartamentos turísticos, en cuyo caso sería el correspondiente al fuero del consumidor, pero vosotros sois residentes y no turistas, si no fuera así no tendrías que pagar los impuestos locales.
Os recomiendo que os informéis bien, podéis consultar a un abogado allí (son aún más caros que los de aquí). No se el tiempo que lleváis allí, pero si lleváis menos de un año, ¿el devengo de esas tasas es anual o por peridos más cortos? Si es anual tendrías que pagar en proporción al tiempo que habéis estado.
Se me ocurre que presentéis un recurso contra la liquidación de las tasas, poniendo como domilicio a efectos de notificaciones el vuestro en España (os lo deberían aceptar), y esperar a que os contesten al recurso. Alegar que no os corresponde el pago por no haber residido un año, que corresponde al arrendador, que eso era lo que decía en el contrato, que se cobren del depósito, en definitiva lo que se os ocurra, no os harán mucho caso, pero para embargaros tienen que cumplir con unos requisitor formales, y para ellos será más difícil cumplirlos si tienen que remitiros las comunicaciones a España. Si acaso siguieran el trámite hasta intentar el embargo de vuestras cuentas en España, siempre podréis intentar defederos diciendo que no han cumplido todos los trámites que habéis sufido indefensión.
Espero haberos ayudado, suerte, y a ver si por lo menos recuperáis las 650 libras del depósito.
Saludos
José Manuel Dávila
[email protected]

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