Declaración hacienda

Estimados Sres. :
Quería consultarles lo siguiente que me comenta Hacienda. En junio de 2007 me separe de mi mujer y en la declaración marque tributación conjunta. Hacienda me llama y me dice que es erróneo porque se considera la situación a 31-12 de cada ejercicio. Para esa fecha ya tenia la sentencia de divorcio por lo que ya estaba separado. ¿Es posible tributar por periodos divididos? ¿Es decir hasta la fecha de la sentencia en tributación conjunta y el resto en individual? ¿Me pueden hacer retroceder todo y sancionarme?
Gracias y saludos

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Creo que no lo has entendido bien:
Imagina que yo me separo de mi mujer en junio de 2011 y yo con ella venia haciendo declaraciones conjuntas.
El juez dicta sentencia de divorcio el 28 de noviembre. Pues en la declaración de la renta del 2011 que como sabrás se hace en junio de 2012 mi ex mujer y yo tenemos que hacer declaración individual. Por que a 31 de diciembre de 2011 ya estábamos saparados legalmente
Ahora imagina que el juez dicta sentencia el 6 de enero de 2012, pues entonces si mi ex mujer y yo queremos podremos hacer la conjunta.
Esto se hace así por que no existe forma legal de hacer en una misma declaración unos meses en conjunta y otros en individual.

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