Retraso en la Declaración de la Renta

En 2009 no hice la declaración de 2008 y debería haberla hecho, todavía no me ha llegado multa alguna. Además de pagar lo que debía debo pagar el recargo y los intereses de demora, ¿en qué momento debo pagar dicho recargo e intereses? ¿En el momento de hacer la declaración de 2008 o cuando me llegue la notificación?

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Si no la hizo, noi debe esperar a que se la reclamen ya aque la sanción será mayor. Debce hacer cuanto antes para que no se la rfeclamen. Le van a cobrar si es a pagar los intrereses de demora, desde el 30 de Junio de 2.009, hstala fecha de pago, que será cuando la presente en el Banco. Por otra parte al tardar más de 3 trimestrres en presentarla el 20%, pero nada más.
En cambio si se la reclaman además le abrirán un expediente de sanción por falta grave, con una sanci del 100% mínima.
Nuestros cordiales saludos.
De acuerdo, creo que no has entendido mi pregunta. Imaginemos que de 2008 debo declarar 1000 euros. ¿Qué debo pagar al banco ahora antes del 30 de Junio: esos 1000 euros o 1150 euros (1000 + 15% de recargo)?
¿En qué apartado de la declaración indico el recargo a pagar?
Un abrazo.
Los recargos no se indican en la Declaración, ya que es una liquidación aparte que le pasará Hacienda, Vd. tiene que hacer la Declaración normal, como si la hubiera hecho en su fecha, pagarla y después ya le mandará Hacienda los recargos, intereses y demás.
Cordiales saludos.

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