Fiscalidad arrendamiento

Gil
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Tengo una vivienda alquilada y quisiera información de como hay que declarar los rendimientos del capital inmobiliario.La propiedad de la vivienda es al 50% entre mi mujer y yo(bienes gananciales)pero el contrato de arrendamiento esta a nombre de mi mujer. Hacemos la declaración individual y mi pregunta es si puede declarar ella el 100% de los rendimientos al estar el contrato a su nombre(nos es más ventajoso) o tenemos que hacerlo al 50%. El consumo de agua, luz, teléfono, ¿mantenimiento del ascensor son gastos deducibles de los rendimientos?. Gracias

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Da igual a nombre de quien esté el contrato. La propiedad es de los dos, por lo que los rendimientos son las 50%.
No obstante, al ser vivienda y, si el inquilino es menor de 35 años, ese rendimiento no está gravado en el IRPF al estar totalmente reducido al 100%.
Decir que los inquilinos no son menores de 35 años por lo cual solo tengo la reducción del 50%, El consumo de agua, luz, teléfono, ¿mantenimiento del ascensor son gastos deducibles de los rendimientos?. Gracias
Sí, son deducibles.

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