Donación y cesión de inmueble

A continuación le explico la duda que tengo. Somos tres hermanos y mi padre ha decidido vender a uno de nosotros una vivienda que además figura como su vivienda habitual. Por motivos impositivos ha decidido hacerlo mediante una donación ya que en nuestra comunidad existe una reducción del 99% del impuesto de donaciones. La operación sería la siguiente: nuestro padre donaría la vivienda a los tres hermanos y los otros dos cederíamos nuestra parte al hermano que se quedaría con la casa, recibiendo un importe de 30.000 Euros (la valoración de la casa para la donación ha sido de 90.000). Mi pregunta es ¿Cuáles serían los efectos fiscales de esta operación para cada uno de nosotros (mi padre, el hermano que se queda con la casa y los otros dos hermanos) Igualmente me gustará saber cuáles serían los efectos fiscales para cada uno si la operación se realizase como una compraventa.

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Donación:
Los tres hermanos tenéis que pagar el impuesto de Donaciones y Sucesiones. Por cierto la donación hay que realizarla con escritura publica, es decir, ante notario, por que si no la reducción del 99% no vale.
¿Luego la casa esta a nombre de los tres y dos de ellos van ha vender su tercera parte a otro por 30000?, ¿Pues la persona que va ha recibir el piso tiene que pagar el impuesto de trasmisiones patrimoniales por 60000? Por cada una de las dos ventas. A demás el que va ha recibir la casa tiene que pagar el impuesto de incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana (comúnmente conocido como las plusvalías)
Lo primero muchas gracias por su respuesta. Tengo varias dudas. Por lo que he leído, entre la opción de compraventa y la de donación los efectos serían los siguientes
- El padre que dona/vende tributaría en el IRPF por la plusvalía generada desde la adquisición de la vivienda, es decir que le sería indiferente fiscalmente la opción de vender o donar el inmueble. ¿Es así?
- El hermano que adquiere la propiedad de la vivienda tiene que comprar dos tercios de ella, bien al padre o bien a los otros hermanos, así que seguiría pagando Transmisiones Patrimoniales por 60.000 EUR en los dos casos. Es decir que tampoco tendría ninguna ventaja para él hacerlo como donación.
¿Existe alguna figura en la que se le pudiese ceder la propiedad del inmueble sin tener que pagar impuesto de transmisiones? Habría que tener en cuenta que se está pidiendo un préstamo hipotecario para hacer frente a los pagos a los otros dos hermanos
- En el caso de los hermanos que reciben los 30.000 Eur a cambio de su parte, al estar vendiéndola ¿tendrían qué tributar por ello en el IRPF?
Se que son muchas dudas y no es un tema sencillo. Agradezco de antemano su esfuerzo
Un saludo
A ver si puedo explicártelo de forma sencilla:
Hay dos formas de (ceder, trasmitir, dar, vender o llamalo como quieras) un bien:
De forma onerosa o de forma lucrativa; es decir, oneroso significa con contraprestación y lucrativo significa sin contraprestación, para concretar más, oneroso quiere que pides algo a cambio y lucrativo quiere decir que lo regalas.
De las dos formas hay que pagar impuestos. Si pagas algo por el bien en cuestión se grava con el ITP y si te lo regalan se grava con el ISD.
Hasta aquí espero que quede claro.
Ademas hacienda te obliga a escriturar, ya sea por donación o por venta, por el importe mínimo que fije la oficina del catastro, te lo digo por que te tienes que informar de este precio mínimo por que si escrituráis por debajo de este mínimo hacienda te reclamara el resto.
Y respondiendo a tu pregunta, no hay forma de que tus hermanos te cedan la vivienda sin pagar impuestos
Y tus hermanos tendrán que tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF siempre que obtengan beneficios a la hora de cobrar esos 30000
Si te queda alguna duda no dudes en preguntar que para eso estamos

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