Inspección hacienda

Me acaba de llegar una inspección de hacienda referente al IRPF del 2007. Me dicen que justifique la deducción de vivienda habitual, mediante la presentación de recibos de pago del 2007 y las escrituras de compra-venta y préstamo hipotecario.
Como mucha gente, tengo en escritura una cantidad por la vivienda, pero me dieron más de préstamo hipotecario. La deducción en la renta, la hago por las cantidades del préstamo y no por la cantidad real de la escritura.
Mi pregunta es sobre los plazos de prescripción. Compré la vivienda (firma de escrituras) el 2-Junio-2004. La notificación me ha llegado hoy mismo día: 28-Marzo-2009
En unos sitios he leído que son 4 años, en otros pone que 5 años. ¿Me lo puedes aclarar? Además si está en plazo el asunto, ¿cuánto me puede caer?

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Son 4 años pero no desde la fecha de adquisición de la vivienda sino de la fecha de finalización de plazo de la presentación del IRPF 2007 o sea 30 de Junio del 2008. Incluso te podrían revisar la renta del 2004 porque termino el plazo del 30 de Junio del 2005. ¿En cuánto a lo que te puede caer? Bueno seguro devolver las deducciones incorrectas. Por lo que me dices no todo el préstamo hipotecario fue destinado a adquirir la vivienda, así que la deducción practicada esas cantidades te lo liquidaran. Después puede haber sanciones depende de las cantidades liquidadas.
Muchas gracias por la rapidez. Te comento otra cosa entonces. Hace un mes me hicieron otras dos, años 2005 y 2006, pero entonces me pidieron solo la justificación, no decían nada de las escrituras. Yo presenté los recibos de la hipoteca y hasta ahora no me han dicho nada. ¿Entonces estas dos revisiones del IRPF de 2005 y 2006 estaban ya prescritas?
No acabo de entender cómo se aplican los 4 años, si desde la compra de la vivienda o desde cada declaración del IRPF.
De todos modos, me piden documentación sobre un acto que sucedió en 2004, pensé que ese acto habría prescrito. No entiendo nada !
Entonces me quieres decir, ¿qué no tengo posibilidad de librarme por prescripció?
Saludos.
Tienes que partir de la base, aunque nos duela, que en caso de comprobación por parte de la administración, ereas tú el que tienes que demostrar que has confeccionado bien tu declaración, no es la Administración la que tiene que demostrar que la has confeccionado mal. A partir de aquí lo que te requieren es que demuestres las deducciones practicadas en cada ejercicio requerido y esas deducciones vienen de una compra del 2004 (aunque fuese de 1987) . En el caso de que no aportases las escrituras te mandarían una liquidación con 0 euros de deducción, así que mejor que te apliquen lo correcto y te saldrá más barato. Las prescripciones funcionan así:
IRPF 2004  Fecha fin plazo preseentacion: 30/06/2005      Prescripcion:  01/07/2009
IRPF 2005  Fecha fin plazo presentacion:   30/06/2006      Prescripcion:  01/01/2010
Y así sucesivamente...
Además una vez iniciada la comprobación por la Administración se interrumpe el plazo de preescripición y a lo único que se debe ceñir Hacienda es a finalizar el expediente antes de 6 meses.
De acuerdo, ahora ya lo entiendo.
Entonces, y ya termino, en la declaración del IRPF del año 2008, la declaración de este año vaya, lo suyo sería que me dedujera la cantidad correcta, ¿no?
¿Cómo calculo yo la cantidad correcta que debo poner?
Gracias
Sólo tienes que averiguar el porcentaje del préstamo hipotecario que corresponde a la adquisición de vivienda. Si la vivienda te costó 80000 euros (incluyendo gastos) e hipotecaste por 100000, sólo serian deducibles un 80% de las cuotas.

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